REFORMA DE LA NORMA DE ACCESO ELECTRÓNICO DE LOS CIUDADANOS A LOS SERVICIOS PÚBLICOS

El BOE del pasado día 18 de julio de 2015, ha publicado el Real Decreto 668/2015, de 17 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

Esta reforma compatibiliza la facultad de expedir certificado de empleado público con seudónimo con las obligaciones de revelar la verdadera identidad de los funcionarios y empleados públicos afectados en el caso de ser requerida por los órganos judiciales en el ejercicio de sus funciones o a tenor de lo previsto en el artículo 11.2 de la Ley Orgánica de protección de datos de carácter personal del 13 de diciembre de 1999.

El alcance de la modificación es el siguiente:

  • Se amplía el ámbito del Registro Electrónico de Apoderamientos (REA) para que el ciudadano pueda utilizarlo en cualquier actuación ante la Administración del Estado, no sólo electrónica, sino también presencial.
  • Se introduce el uso de certificado electrónico de los empleados públicos, con seudónimo, lo que garantiza su anonimato y protege su identidad en las operaciones por medios electrónicos que afecten a información clasificada, a la seguridad pública o a la defensa nacional, pero con plena garantía de conocimiento de su identidad real en el caso de ser requerida por los órganos judiciales en el ejercicio de sus funciones.
  • Se establecen los supuestos en los que se podrán realizar las comprobaciones de la verdadera identidad del firmante, requiriendo a las Oficinas de registro y archivos donde se encuentren tales identidades.

Este Real Decreto establece un plazo máximo de doce meses desde la entrada en vigor para la adaptación de los sistemas tecnológicos existentes en ese momento.