AEAT-ADHESIÓN OFYDES CÓDIGO BUENAS PRÁCTICAS DE PROFESIONALES TRIBUTARIOS

ADHESIÓN OFYDES CÓDIGO BUENAS PRÁCTICAS TRIBUTARIAS

La Asociación Empresarial de Oficinas y Despachos de la Comunidad Valenciana, OFYDES, ha sido adherida al Código de Buenas Prácticas de Asociaciones y Colegios Profesionales Tributarios, según nos comunicó la Agencia Tributaria con fecha 9 de diciembre.

Asimismo, puede consultarlo en la relación de entidades adheridas a dicho Código.

Se adjunta el procedimiento disponible en la sede electrónica para que los asociados puedan adherirse como profesionales tributarios.

Procedimiento de adhesión de los profesionales tributarios al Código de Buenas Prácticas de Profesionales Tributarios

Se encuentran disponibles en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria, en el apartado de Colaboración Social, los trámites de Profesionales Tributarios relacionados con el Código de Buenas Prácticas, que permiten solicitar la adhesión a dicho Código.

Procedimiento de adhesión de los profesionales tributarios al Código de Buenas Prácticas de Profesionales Tributarios

El Código de Buenas Prácticas aprobado en el Foro de Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios el 2 de julio de 2019, establece en su Apartado III B. el procedimiento de adhesión:
“La decisión de adhesión de los intermediarios fiscales se comunicará a la Agencia Tributaria, siendo posible comunicar en cualquier momento su baja.
La adhesión y baja deberán ser a la totalidad del Código, no siendo admisible la adhesión o baja parcial a apartados específicos del mismo.
La Agencia Tributaria podrá informar en su web de cuáles son los intermediarios fiscales adheridos al Código, siempre que obtenga su consentimiento expreso a través de la Secretaría Técnica del Foro.”

NORMAS DE ADHESIÓN

  • Podrán adherirse todos los profesionales tributarios que desarrollen toda o parte de su actividad en territorio español.
  • El profesional tributario accederá al trámite de Sede electrónica disponible en:
    Trámites de colaboradores sociales relacionados con el Código de Buenas Prácticas
  • El profesional tributario deberá ser asociado o colegiado de una Asociación o Colegio que haya suscrito el Código de Buenas Prácticas de Asociaciones y Colegios Profesionales o la Adenda al Código de Buenas Prácticas de profesionales tributarios. Si perteneciera a varios, deberá elegir una Asociación o Colegio a estos efectos.
  • En caso de que ninguna Asociación o Colegio a los que pertenezca el profesional tributario hubiera firmado el Código de Buenas Prácticas de Asociaciones y Colegios Profesionales o la Adenda al Código de Buenas Prácticas de profesionales tributarios, se comunicará al profesional solicitante.
  • Habiéndose producido la adhesión, y siempre que se haya obtenido previamente el consentimiento expreso del profesional tributario afectado indicado en el formulario presentado, la Agencia Tributaria publicará la relación de profesionales tributarios adheridos al Código de Buenas Prácticas en su página web.