Nuestro Asesor Fiscal Sr. Terrer ha confeccionado esta noticia para nuestra información.
Como Vd. ya conocerá por los medios de comunicación, entre las medidas para la prevención y lucha contra el fraude, el 29 de octubre pasado, se promulgó la Ley 7/2012 y su desarrollo reglamentario lo hizo el Decreto 1558/2012 de 18 de noviembre.
Entre las medidas que se contemplan, es la obligación de informar al Ministerio de Hacienda acerca de los bienes y derechos situados en el extranjero y a tal efecto una Orden de 30 de enero 2013, indica la normativa a seguir para cumplimentar esta obligación de los contribuyentes afectados.
Si Vd. se encuentra en alguna de las situaciones que a continuación sucintamente se enumeran, le indicamos los requisitos que se precisamos para efectuar en su nombre la Declaración Mod. 720, que se tiene que realizar obligatoriamente por medios telemáticos.
Obligados:
Personas físicas y jurídicas residentes en territorio español, que sea titular, representante, autorizado, beneficiario o con poder de disposición de los bienes.
Contenido de la información:
Cuentas de cualquier tipo en entidades financieras en el extranjero (corrientes, plazos fijos, etc.)
Valores tales como, participaciones y acciones de empresas, fondos de inversión, bonos, etc.
Seguros de vida e invalidez cuando la entidad aseguradora se encuentre en el extranjero, o sobre rentas temporales o vitalicias consecuencia de la entrega de un capital.
Todo ello cuando el importe a 31 de diciembre de 2012, o el saldo medio del4″ trimestre del mismo año, del conjunto de los citados bienes sea superior a 50.000 euros.
Los inmuebles situados en el extranjero y derechos sobre los mismos cuando su valor de adquisición supere los 50.000 euros.
Datos necesarios para cumplimentar la declaración:
En cuanto a cuentas en entidades financieras, etc.
- Denominación completa de la entidad bancaria y su domicilio
- Identificación completa de cada cuenta.
- Fecha de apertura o cancelación
- Saldos de las cuentas a 31 de diciembre 2012 y el saldo medio correspondiente al último trimestre del año.
Respecto a los valores, fondos de inversión, seguros, etc.
Razón social o denominación completa de la entidad y su domicilio
- Saldo o valor liquidativo a 31 de diciembre 2012
- Número y clase de las acciones o participaciones
- En cuanto a los seguros, nombre y domicilio de la entidad, así como el valor de capitalización o de rescate.
Bienes inmuebles v derechos sobre los mismos
Identificación del inmueble
- Situación: país, ciudad, calle y número
- Fecha y valor de adquisición
- En caso de titularidad de derechos valor a 31112/2012 y fecha de adquisición.
El plazo de presentación ha comenzado el 1 de febrero 2013 y finalizará el30 de abril de 2013,
El incumplimiento de la obligación de informar en esta declaración, se sancionará con multa fija de 5.000 € por cada dato omitido o incompleto, con un mínimo de 10.000 €