Comunicado-Ministro-Seguridad-Social-coronavirus
Cómo solicitar la prestación de los autónomos por el coronavirus
Si las empresas que representas se dedican a alguna de las actividades obligadas al cierre, contempladas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, estado de alarma para crisis sanitaria por COVID-19), lo prudente es quedarse en casa, las obligaciones laborales, en una situación excepcional como la actual, pasan a un segundo plano.
Por otra parte si alguna de las empresas que representa no es una empresa dedicada a alguna de las actividades obligadas al cierre, necesitaría que la empresa le firmará un certificado tipo, como el que se adjunta a continuación:
de no ser asi, si usted es detenido, no podrá acreditar que circula por cuestiones de trabajo, con las siguientes consecuencias que le pueda acarrear.
Nota Informativa:
1º.- El Colegio no asuma ninguna responsabilidad. El Colegio colabora con el agente cuando éste quiere que se le ayude a como obtener ese concreto certificado.
En este caso el Colegio solo indica quien lo puede facilitar y cual debe de ser su contenido.
2º.- El Colegio no obliga a un empresario a que lo suscriba. El Empresario es totalmente libre de firmarlo o no
3º.- Tengamos en cuenta que los desplazamientos están justificados si se producen por razones de trabajo. El trabajo para un agente es visitar a los clientes. Está claro que lo mejor es quedarse en casa, pero si una empresa quiere que el agente visite y éste no tiene inconveniente, necesitará de un certificado que acredite que se trata de desplazamientos por asuntos de trabajo. Y ¿cómo se puede acreditar si no es con la declaración del empresario para quien se trabaja ?
4º.- El Colegio no está amparando ninguna ilegalidad. Al igual que las Cámaras confeccionan modelos para las PYMES que quieran formalizarlos, el Colegio redacta modelos para sus colegiados por si estos los necesitan. Esta auxiliando a su colectivo a la hora de obtener la documentación que se le requiere para poder desplazarse por motivos de trabajo.
5º.- Si las representadas no quieren que sus agentes viajen, es muy fácil, que no firmen el certificado.
CERTIFICADO ACREDITATIVO INDIVIDUAL DE NECESIDAD DE DESPLAZAMIENTO PERSONAL POR MOTIVOS LABORALES_
📞 La Conselleria de Economía Sostenible ha habilitado este teléfono 900 35 31 35 para asistir a las
➡️ Empresas
➡️ Autónomos
➡️ Comercios
AEAT – AVISO IMPORTANTE – Se suspenden los plazos administrativos debido al estado de alarma
El 14 de marzo de publicó el Real Decreto 463/2020, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que establece:
Se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.
Los plazos de prescripción y caducidad de cualesquiera acciones y derechos quedarán suspendidos durante el plazo de vigencia del estado de alarma y, en su caso, de las prórrogas que se adoptaren.
Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo,
por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
(BOE, 14-marzo-2020)
Un cordial saludo,
Coordinación Delegación Especial AEAT Valencia