Informe: Centros y parques comerciales que reinician su actividad hoy

Buenas tardes, adjunto informe sobre la reapertura de centros y parques comerciales elaborado desde la Oficina PATECO de las Cámaras de la Comunitat.

El informe describe la situación de los centros comerciales en la Comunitat Valenciana: 63 centros comerciales con 3.106 locales activos. Estos equipamientos comerciales pueden reiniciar desde hoy su actividad con el pase a la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, después de más de dos meses de cierre.

11-REAPERTURA EN LA FASE 2 DE CENTROS Y PARQUES DE LA COMUNITAT VALENCIANA-200601

CORONAVIRUS: Condiciones FASE 2 de desescalada en las provincias de Castellón, Valencia y Alicante desde las 00:00 horas del día 1 de junio de 2020

COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA

Se ha publicado en el BOE Orden SND/458/2020, de 30 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad. En su disposición final segunda modifica la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad y se determina la inclusión de las provincias de Castellón, Valencia y Alicante en la fase 2 en el citado Plan.
 

Se destacan a continuación las principales medidas de aplicación en la fase 2 en el ámbito empresarial:

Medidas de Higiene y Prevención

Fomento de los medios no presenciales de trabajo. (Artículo 3)

Siempre que sea posible, se fomentará la continuidad del teletrabajo para aquellos trabajadores que puedan realizar su actividad laboral a distancia.

Medidas de higiene y prevención para el personal trabajador de los sectores de actividad previstos en esta orden. (Artículo 4)

Se asegurará que todos los trabajadores tengan permanentemente a su disposición en el lugar de trabajo agua y jabón o geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados.

Cuando no pueda garantizarse la distancia de seguridad interpersonal de aproximadamente dos metros, se asegurará que los trabajadores dispongan de equipos de protección adecuados al nivel de riesgo. En este caso, todo el personal deberá estar formado e informado sobre el correcto uso de los citados equipos de protección.

El fichaje con huella dactilar será sustituido por cualquier otro sistema de control horario que garantice las medidas higiénicas adecuadas para la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores, o bien se deberá desinfectar el dispositivo de fichaje antes y después de cada uso, advirtiendo a los trabajadores de esta medida.

La disposición de los puestos de trabajo, la organización de los turnos y el resto de condiciones de trabajo existentes se modificarán, en la medida necesaria, para garantizar la posibilidad de mantener la distancia de seguridad interpersonal de dos metros entre los trabajadores. Asimismo, las medidas de distancia deberán cumplirse, en su caso, en los vestuarios, taquillas y aseos de los trabajadores, así como en cualquier otra zona de uso común.

Si un trabajador empezara a tener síntomas compatibles con la enfermedad, contactará de inmediato con el teléfono habilitado para ello por la comunidad autónoma o centro de salud correspondiente y, en su caso, con el correspondiente servicio de prevención de riesgos laborales. El trabajador se colocará una mascarilla, debiendo abandonar, en todo caso, su puesto de trabajo hasta que su situación médica sea valorada por un profesional sanitario.

Medidas para prevenir el riesgo de coincidencia masiva de personas en el ámbito laboral. (Artículo 5)

Los centros deberán realizar los ajustes en la organización horaria que resulten necesarios para evitar el riesgo de coincidencia masiva de personas, trabajadoras o no, en espacios o centros de trabajo durante las franjas horarias de previsible máxima afluencia o concentración, atendiendo a la zona geográfica de la que se trate. Se considerará que existe riesgo de coincidencia masiva de personas cuando no haya expectativas razonables de que se respeten las distancias mínimas de seguridad, particularmente en las entradas y salidas al trabajo.

Medidas de higiene exigibles a las actividades. (Artículo 6)

En las tareas de limpieza se prestará especial atención a las zonas de uso común y a las superficies de contacto más frecuentes como pomos de puertas, mesas, muebles, pasamanos, suelos, teléfonos, perchas, y otros elementos de similares características.

Cuando existan puestos de trabajo compartidos por más de un trabajador, se realizará la limpieza y desinfección del puesto tras la finalización de cada uso, con especial atención al mobiliario y otros elementos susceptibles de manipulación.

En el caso de que se empleen uniformes o ropa de trabajo, se procederá al lavado y desinfección regular de los mismos, siguiendo el procedimiento habitual.

Se deben realizar tareas de ventilación periódica en las instalaciones y, como mínimo, de forma diaria y durante el tiempo necesario para permitir la renovación del aire.

El uso del ascensor o montacargas se limitará al mínimo imprescindible y se utilizarán preferentemente las escaleras. Cuando sea necesario utilizarlos, la ocupación máxima de los mismos será de una persona, salvo que sea posible garantizar la separación de dos metros entre ellas, o en aquellos casos de personas que puedan precisar asistencia, en cuyo caso también se permitirá la utilización por su acompañante.

Cuando el uso de los aseos, vestuarios, probadores, salas de lactancia o similares esté permitido por clientes, visitantes o usuarios, su ocupación máxima será de una persona para espacios de hasta cuatro metros cuadrados salvo en aquellos supuestos de personas que puedan precisar asistencia, en cuyo caso también se permitirá la utilización por su acompañante. Para espacios de más de cuatro metros cuadrados que cuenten con más de una cabina o urinario, la ocupación máxima será de un tercio del número de cabinas/urinarios que tenga la estancia, debiendo mantenerse durante su uso una distancia de seguridad de dos metros. Deberá reforzarse la limpieza y desinfección de los referidos aseos garantizando siempre el estado de salubridad e higiene de los mismos.

Se fomentará el pago con tarjeta u otros medios que no supongan contacto físico entre dispositivos, evitando, en la medida de lo posible, el uso de dinero en efectivo. Se limpiará y desinfectará el datáfono tras cada uso, así como el TPV si el empleado que lo utiliza no es siempre el mismo.

Se deberá disponer de papeleras en las que poder depositar pañuelos y cualquier otro material desechable. Dichas papeleras deberán ser limpiadas de forma frecuente, y al menos una vez al día.

Flexibilización de medidas de carácter social

Libertad de circulación. (Artículo 7)

Se podrá circular por la provincia, sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorio nacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar. Deberá una distancia mínima de seguridad de, al menos, dos metros, o, en su defecto, medidas alternativas de protección física, de higiene de manos y etiqueta respiratoria. A estos efectos, los grupos deberían ser de un máximo de quince personas, excepto en el caso de personas convivientes.

Asimismo, en los siguientes capítulos se desarrollan medidas de carácter sectorial:

  • Condiciones para el desarrollo de la actividad en establecimientos y locales comerciales minoristas y de prestación de servicios asimilados. (Capítulo III)
  • Condiciones para la prestación del servicio en los establecimientos de hostelería y restauración. (Capítulo IV)
  • Condiciones para la reapertura de las zonas comunes de hoteles y alojamientos turísticos. (Capítulo VII)
  • Medidas de flexibilización en el ámbito de la cultura. (Capítulo VIII)
  • Condiciones en que debe desarrollarse la reapertura al público de salas de exposiciones y su actividad. (Sección 2.ª)
  • Condiciones en que debe desarrollarse la actividad de visita a monumentos y otros equipamientos culturales. (Sección 3.ª)
  • Condiciones en que debe desarrollarse la actividad de cines, teatros, auditorios y espacios similares, y de otros locales y establecimientos destinados a actos y espectáculos culturales. (Sección 4.ª)
  • Condiciones para el desarrollo de las actividades de turismo activo y naturaleza y otras actividades de ocio. (Capítulo XI)
  • Condiciones para la celebración de congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferencias. (Capítulo XII)
  • Medidas de flexibilización en el ámbito educativo y de la formación. (Capítulo XIII)
  • Condiciones para el desarrollo de actividades de formación práctica presencial para personal ferroviario. (Capítulo XIV)

Efectos y vigencia. Disposición final quinta.

La presente orden surtirá plenos efectos desde las 00:00 horas del día 1 de junio de 2020 y mantendrá su eficacia durante toda la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas.

BOE-A-2020-5088-consolidado

BOE-A-2020-5469

RD Ley 20/2020 INGRESO MÍNIMO VITAL(OFYDES)

COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA

El día 1 de junio de 2020 se ha publicado en el BOE, el Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el ingreso mínimo vital.

En el ámbito laboral destacar la Disposición adicional primera. Colaboración de las empresas al tránsito de los beneficiarios del ingreso mínimo vital a la participación activa en la sociedad.

Los empleadores de beneficiarios del ingreso mínimo vital serán reconocidos con la condición de titulares del Sello de Inclusión Social, en los términos que reglamentariamente se establezcan.

Así como lo establecido en el CAPÍTULO VIII Infracciones y sanciones, respecto del cooperador necesario, en relación con la lucha contra la economía informal, que según el real decreto-ley debe desarrollarse en un doble ámbito: tanto por el lado de los trabajadores, como por el lado de los empresarios que ostentan en esta ocasión la figura del cooperador necesario, sin la cual la infracción no sería posible.

Por tanto, se establece que tanto las personas titulares y beneficiarias del derecho que hayan cometido la infracción, como aquellas otras que hubiesen cooperado en su comisión, serán responsables de las infracciones tipificadas en el real decreto-ley.

Entrada en vigor: el 1 de junio de 2020

CONVENIOS COLECTIVOS 28 Mayo 2020(OFYDES)

CONVENIO COLECTIVO DE BEBIDAS REFRESCANTES, (DOGV.NÚM. 8701 DE 19 DE DICIEMBRE).

Resolución de 20 de diciembre de 2019, de la Subdirección General de Relaciones Laborales, por la que se disponen el registro y la publicación del texto del Convenio colectivo de bebidas refrescantes de la Comunidad Valenciana 2019-2021. Código 80000555012002.
Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://www.dogv.gva.es/es/resultat-dogv?signatura=2020/869&L=1

CONVENIO COLECTIVO DE PRODUCTORES DE OBRAS AUDIOVISUALES Y ACTORES, (BOE.NÚM. 20 DE 23 DE ENERO).
Resolución de 14 de enero de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo parcial del Convenio colectivo de productores de obras audiovisuales y actores que prestan servicios en las mismas. convenio: 99009735011996. Ministerio de Trabajo y Economía Social
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-1050

CONVENIO COLECTIVO DE LAS INDUSTRIAS SIDEROMETALÚRGICAS, (BOP. CASTELLÓN NÚM. 11 DE 25 DE ENERO).
Resolución y articulado del Convenio Colectivo de las Industrias Siderometalúrgicas de la provincia de Castellón, Código 12000185011963. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
https://bop.dipcas.es/PortalBOP/buscarConvenios.do

CONVENIO COLECTIVO DE RECOLECCIÓN DE CÍTRICOS DE LA EMPRESA AGRONOSTRUM, S.L., (BOP. CASTELLÓN NÚM. 11 DE 25 DE ENERO).
Resolución y articulado del Convenio Colectivo de Recolección de Cítricos de la empresa AGRONOSTRUM, S.L., Código 12100332012015. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
https://bop.dipcas.es/PortalBOP/buscarConvenios.do

CONVENIO COLECTIVO DE RECOLECCIÓN DE CÍTRICOS DE LA EMPRESA GARCÍA BALLESTER, S.L., (BOP. CASTELLÓN NÚM. 11 DE 25 DE ENERO).
Resolución y articulado del Convenio Colectivo de Recolección de Cítricos de la empresa GARCÍA BALLESTER, S.L., Código 12100342012015. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
https://bop.dipcas.es/PortalBOP/buscarConvenios.do

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DEL SECTOR CONSTRUCCIÓN Y OBRAS PÚBLICAS, (BOP. VALENCIA NÚM. 17 DE 27 DE ENERO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre acta de la comisión negociadora del convenio colectivo de trabajo del sector construcción y obras públicas de la provincia de Valencia. (Código: 46000035011982). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3304182&miIdioma=C

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DEL SECTOR CONSTRUCCIÓN Y OBRAS PÚBLICAS, (BOP. VALENCIA NÚM. 17 DE 27 DE ENERO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre acta de la comisión negociadora del convenio colectivo de trabajo del sector Construcción y Obras Públicas de la provincia de Valencia. (Código: 46000035011982). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3304176&miIdioma=C

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DEL SECTOR COMERCIO DE ACTIVIDADES DIVERSAS, (BOP. VALENCIA NÚM. 17 DE 27 DE ENERO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre acta de la comisión negociadora del convenio colectivo de trabajo del sector Comercio de Actividades Diversas de la provincia de Valencia. (Código: 46000535011981). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3304143&miIdioma=C

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DEL SECTOR COMERCIO DE ACTIVIDADES DIVERSAS, (BOP. VALENCIA NÚM. 17 DE 27 DE ENERO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre acta de la comisión negociadora del convenio colectivo de trabajo del sector Comercio de Actividades Diversas de la provincia de Valencia. (Código: 46000535011981). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3304127&miIdioma=C

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA CEEM OLACAU, SL., (BOP. VALENCIA NÚM. 18 DE 28 DE ENERO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre texto del convenio colectivo de trabajo de la empresa CEEM Olacau, SL (Código: 46007282012010). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3304709&miIdioma=C

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA NATRA CACAO, SL., (BOP. VALENCIA NÚM. 18 DE 28 DE ENERO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre texto del convenio colectivo de trabajo de la empresa NATRA CACAO, SL (código: 46001652011982). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3304703&miIdioma=C

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA BETAMAR MOBLES, SA. , (BOP. VALENCIA NÚM. 18 DE 28 DE ENERO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre texto del convenio colectivo de trabajo de la empresa Betamar Mobles, SA (código: 46101652012020). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3304694&miIdioma=C

CONVENIO COLECTIVO DE PRODUCTORES DE OBRAS AUDIOVISUALES Y ACTORES, (BOE.NÚM. 24 DE 28 DE ENERO).
Corrección de erratas de la Resolución de 14 de enero de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo parcial del Convenio colectivo de productores de obras audiovisuales y actores que prestan servicios en las mismas. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-1227

CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE LA BANCA, (BOE.NÚM. 26 DE 30 DE ENERO).
Resolución de 21 de enero de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de prórroga de ultraactividad del Convenio colectivo del sector de la banca. convenio n.º 99000585011981. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-1433

CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DEL COMERCIO METAL, (BOP. ALICANTE. NÚM. 20 DE 30 DE ENERO).
Resolución de la Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo la que se dispone el registro oficial y publicación del Convenio Colectivo provincial del Comercio Metal código convenio 03000255011982. Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://www.dip-alicante.es/bop2/pdftotal/2020/01/30_20/2020_000772.pdf

PLAN DE IGUALDAD DE LA EMPRESA ZT HOTELS & RESORT, S.L., (BOP. CASTELLÓN NÚM. 13 DE 30 DE ENERO).
Resolución y texto del Plan de Igualdad de la empresa ZT HOTELS & RESORT, S.L. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
https://bop.dipcas.es/PortalBOP/buscarConvenios.do

CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESAS DE ENSEÑANZA PRIVADA SOSTENIDAS TOTAL O PARCIALMENTE CON FONDOS PÚBLICOS, (BOE.NÚM. 28 DE 1 DE FEBRERO).
Resolución de 21 de enero de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta en la que se aprueba la regulación de las salidas escolares de más de un día de duración del VI Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos. Convenio nº 99008725011994. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-1562

CONVENIO COLECTIVO NACIONAL DE COLEGIOS MAYORES UNIVERSITARIOS PRIVADOS, (BOE.NÚM. 28 DE 1 DE FEBRERO).
Resolución de 21 de enero de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo sobre registro de jornada y control horario derivado del VIII Convenio colectivo nacional de colegios mayores universitarios privados. convenio n.º 99009355011995. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-1563

CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE LA INDUSTRIA AZUCARERA, (BOE.NÚM. 30 DE 4 DE FEBRERO).
Resolución de 27 de enero de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el incremento salarial para el año 2020 del Convenio colectivo del sector de la industria azucarera. Código de convenio nº 99000555011981. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-1627

CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE LA BANCA, (BOE.NÚM. 30 DE 4 DE FEBRERO).
Resolución de 22 de enero de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo sobre registro diario de jornada del Convenio colectivo del sector de la banca. Convenio n º 99000585011981. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-1624

CONVENIO COLECTIVO DE ÁMBITO PROVINCIAL DE ESTABLECIMIENTOS DE HOSPITALIZACIÓN, (BOP. ALICANTE. NÚM. 23 DE 4 DE FEBRERO).
Resolución de la Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo por la que se dispone el registro oficial y publicación de la tabla salarial para el año 2.020, respecto del Convenio Colectivo de ámbito provincial de establecimientos de hospitalización – Código Convenio 03000725011985. Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://www.dip-alicante.es/bop2/pdftotal/2020/02/04_23/2020_000921.pdf

CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA AUTOPISTA DEL SURESTE (CEASA), (BOP. ALICANTE. NÚM. 23 DE 4 DE FEBRERO).
Resolución de la Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo la que se dispone el registro oficial y publicación del Convenio Colectivo de la empresa Autopista del Sureste (CEASA) código convenio 030003732012004. Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://www.dip-alicante.es/bop2/pdftotal/2020/02/04_23/2020_000922.pdf

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA UTE ACCIONA AGUA SERVICIOS, S.L.U., Y ACCIONA CONSTRUCCIÓN, S.A.U. ‘SANEAMIENTO DE VALENCIA, UTE’, (BOP. VALENCIA NÚM. 24 DE 5 DE FEBRERO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre texto del convenio colectivo de trabajo de la UTE Acciona Agua Servicios, S.L.U., y Acciona Construcción, S.A.U. ‘Saneamiento de Valencia, UTE’ (Código: 46004792011995). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3307130&miIdioma=C

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA SOCIEDAD ANÓNIMA DE AGRICULTORES DE LA VEGA DE VALENCIA (RECOGIDA Y LIMPIEZA, CENTRO DE TRABAJO DE LA CIUDAD DE VALENCIA, ZONA 1), (BOP. VALENCIA NÚM. 28 DE 11 DE FEBRERO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre texto del convenio colectivo de trabajo de la empresa Sociedad Anónima de Agricultores de la Vega de Valencia (recogida y limpieza, centro de trabajo de la ciudad de Valencia, zona 1) (Código: 46000592011982). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3308655&miIdioma=C

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA RAFIA INDUSTRIAL, S.A., (BOP. VALENCIA NÚM. 28 DE 11 DE FEBRERO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre acta de la comisión negociadora del convenio colectivo de trabajo de la empresa Rafia Industrial, S.A. (Código: 46002692011988).
http://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3308647&miIdioma=C

CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA HERMANOS LÓPEZ LLORET SA,, (BOP. ALICANTE. NÚM. 30 DE 13 DE FEBRERO).
Resolución de la Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo la que se dispone el registro oficial y publicación del Convenio Colectivo de la empresa Hermanos López Lloret SA, Villajoyosa código convenio 03100072012011. Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://www.dip-alicante.es/bop2/pdftotal/2020/02/13_30/2020_001344.pdf

CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE CAPTACIÓN, ELEVACIÓN, CONDUCCIÓN, TRATAMIENTO, DESALINIZACIÓN, DEPURACIÓN Y DISTRIBUCIÓN AGUA, (BOP. ALICANTE. NÚM. 30 DE 13 DE FEBRERO).
Resolución de la Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo la que se dispone el registro oficial y publicación del Convenio Colectivo provincial de captación, elevación, conducción, tratamiento, desalinización, depuración y distribución agua código convenio 03004095012007. Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://www.dip-alicante.es/bop2/pdftotal/2020/02/13_30/2020_001345.pdf

CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA SANCHIS MIRA SA DE JIJONA, (BOP. ALICANTE. NÚM. 30 DE 13 DE FEBRERO).
Resolución de la Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo por la que se dispone el registro oficial y publicación del acuerdo de revisión salarial desde 1/4/2019 a 31/3/2020 del convenio colectivo de la empresa Sanchis Mira SA de Jijona- código de Convenio 03002952011998. Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://www.dip-alicante.es/bop2/pdftotal/2020/02/13_30/2020_001346.pdf

CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE ODONTÓLOGOS Y ESTOMATÓLOGOS, (BOP. ALICANTE. NÚM. 30 DE 13 DE FEBRERO).
Resolución de la Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo la que se dispone el registro oficial y publicación del Convenio Colectivo provincial de odontólogos y estomatólogos código convenio 03004305012009.Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://www.dip-alicante.es/bop2/pdftotal/2020/02/13_30/2020_001347.pdf

CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA VITHAS ALICANTE SL, (BOP. ALICANTE. NÚM. 30 DE 13 DE FEBRERO).
Resolución de la Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo la que se dispone el registro oficial y publicación del Convenio Colectivo de la empresa Vithas Alicante SL código convenio 03100242012014. Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://www.dip-alicante.es/bop2/pdftotal/2020/02/13_30/2020_001348.pdf

CONVENIO COLECTIVO GENERAL DEL SECTOR DE SERVICIOS DE ASISTENCIA EN TIERRA EN AEROPUERTOS, (BOE.NÚM. 39 DE 14 DE FEBRERO).
Resolución de 7 de febrero de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se corrigen errores en la de 27 de diciembre de 2019, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo general del sector de servicios de asistencia en tierra en aeropuertos. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-2240

CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESAS DE ENSEÑANZA PRIVADA SOSTENIDAS TOTAL O PARCIALMENTE CON FONDOS PÚBLICOS, (BOE.NÚM. 40 DE 15 DE FEBRERO).
Resolución de 21 de enero de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta en la que se aprueban las tablas salariales de 2019 del VI Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos. código de convenio 99008725011994. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-2284

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA LA COMUNITAT VALENCIANA DEL SECTOR DE ACTIVIDADES DIVERSAS, (DOGV.NÚM. 8741 DE 17 DE FEBRERO).
Resolución de 15 de enero de 2020, de la Subdirección General de Relaciones Laborales, por la que se dispone el registro y publicación del acuerdo de la comisión paritaria del convenio colectivo de trabajo para la Comunitat Valenciana del sector de actividades diversas (código convenio número: 80100165012019). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://www.dogv.gva.es/es/resultat-dogv?signatura=2020/1321&L=1

CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA MEDIATRANS, S.A.,(BOP. CASTELLÓN NÚM. 21 DE 18 DE FEBRERO).
Resolución y articulado del Convenio Colectivo de la empresa MEDIATRANS, S.A., Código 12100912012020. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
https://bop.dipcas.es/PortalBOP/buscarConvenios.do

CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA CARNES FRESCAS, S.A.,(BOP. CASTELLÓN NÚM. 21 DE 18 DE FEBRERO).
Resolución y Prórroga del Convenio Colectivo de la empresa CARNES FRESCAS, S.A., Código 12100482012016. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
https://bop.dipcas.es/PortalBOP/buscarConvenios.do

CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE ARTES GRÁFICAS, MANIPULADOS DE PAPEL, MANIPULADOS DE CARTÓN, EDITORIALES E INDUSTRIAS AUXILIARES, (BOE.NÚM. 43 DE 19 DE FEBRERO).
Resolución de 6 de febrero de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo por el que se incorpora un Anexo III (Plan de Igualdad sectorial) al texto del Convenio colectivo estatal de artes gráficas, manipulados de papel, manipulados de cartón, editoriales e industrias auxiliares. Convenio n.º 99000355011982. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-2444
CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA SERVICIOS LEVANTE SA, CENTRO ALBATERA-SAN ISIDRO, (BOP. ALICANTE. NÚM. 35 DE 20 DE FEBRERO).

Resolución de la Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo la que se dispone el registro oficial y publicación del Convenio Colectivo de la empresa Servicios Levante SA, centro Albatera-San Isidro código convenio 03003281012000. Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://www.dip-alicante.es/bop2/pdftotal/2020/02/20_35/2020_001635.pdf

CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN, OBRAS PÚBLICAS E INDUSTRIAS AUXILIARES,(BOP. CASTELLÓN NÚM. 23 DE 22 DE FEBRERO).
Resolución, Acta y Tablas Salariales del Convenio Colectivo del Sector de la Construcción, Obras Públicas e Industrias Auxiliares, Código 12000525011973. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
https://bop.dipcas.es/PortalBOP/buscarConvenios.do

CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR COMERCIO DEL METAL,(BOP. CASTELLÓN NÚM. 23 DE 22 DE FEBRERO).
Resolución, Acta y Tablas Salariales del Convenio Colectivo del Sector Comercio del Metal de la provincia de Castellón, Código 12000295011966. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
https://bop.dipcas.es/PortalBOP/buscarConvenios.do

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LAS SOCIEDADES DE POZOS DE RIEGO AGRÍCOLAS, (BOP. CASTELLÓN NÚM. 24 DE 25 DE FEBRERO).
Resolución y Acta del Convenio Colectivo de Trabajo de las Sociedades De Pozos De Riego Agrícolas de la provincia de Castellón, Código 12000915011978. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
https://bop.dipcas.es/PortalBOP/buscarConvenios.do

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA BENIPLANT, S.L., (BOP. CASTELLÓN NÚM. 25 DE 27 DE FEBRERO).
Resolución y Acta de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa BENIPLANT, S.L., Código 12100702012017. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
https://bop.dipcas.es/PortalBOP/buscarConvenios.do

CONVENIO COLECTIVO DE LOS REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES MUEBLES Y SU PERSONAL AUXILIAR, (BOE.NÚM. 50 DE 27 DE FEBRERO).
Resolución de 13 de febrero de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo de los registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles y su personal auxiliar. Convenio n.º 99007765011993. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-2802

CONVENIO COLECTIVO DE ÁMBITO ESTATAL PARA DESPACHOS DE TÉCNICOS TRIBUTARIOS Y ASESORES FISCALES, (BOE.NÚM. 50 DE 27 DE FEBRERO).
Resolución de 13 de febrero de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VI Convenio colectivo de ámbito estatal para despachos de técnicos tributarios y asesores fiscales. Convenio nº 99012405011999. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-2803

CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE GRANDES ALMACENES, (BOE.NÚM. 50 DE 27 DE FEBRERO).
Resolución de 13 de febrero de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican la revisión salarial y la correspondiente tabla para el año 2020 del Convenio colectivo del sector de grandes almacenes. convenio: 99002405011982. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-2805

CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE ARTES GRÁFICAS, MANIPULADOS DE PAPEL, MANIPULADOS DE CARTÓN, EDITORIALES E INDUSTRIAS AUXILIARES, (BOE.NÚM. 50 DE 27 DE FEBRERO).
Resolución de 13 de febrero de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales para el año 2020 del Convenio colectivo estatal de artes gráficas, manipulados de papel, manipulados de cartón, editoriales e industrias auxiliares. Convenio: 99000355011982. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-2806

CONVENIO COLECTIVO DE LA INDUSTRIA DEL CALZADO, (BOE.NÚM. 50 DE 27 DE FEBRERO).
Resolución de 13 de febrero de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales para el año 2020 del Convenio colectivo de la industria del calzado. Convenio 99000805011981.Ministerio de Trabajo y Economía Social.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-2807

CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DEL PERSONAL DE SALAS DE FIESTA, BAILE Y DISCOTECAS DE ESPAÑA, (BOE.NÚM. 50 DE 27 DE FEBRERO).
Resolución de 14 de febrero de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo referente a las tablas salariales del año 2020 del Convenio colectivo estatal del personal de salas de fiesta, baile y discotecas de España. Convenio nº 99100115012012. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-2809

CONVENIO COLECTIVO DE ÁMBITO ESTATAL PARA LAS INDUSTRIAS EXTRACTIVAS, INDUSTRIAS DEL VIDRIO, INDUSTRIAS CERÁMICAS, (BOE.NÚM. 50 DE 27 DE FEBRERO).
Resolución de 14 de febrero de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las revisiones salariales para los años 2019 y 2020 del XXI Convenio colectivo de ámbito estatal para las industrias extractivas, industrias del vidrio, industrias cerámicas, y para las del comercio exclusivista de los mismos materiales. Convenio nº 99002045011981. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-2811

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE TRANSPORTES DE VALENCIA, SAU., (BOP. VALENCIA NÚM. 41 DE 28 DE FEBRERO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre acuerdo parcial suscrito por la comisión negociadora del convenio colectivo de trabajo de la Empresa Municipal de Transportes de Valencia, SAU. Código: 46001482011982. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3315524&miIdioma=C

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA ENTIDAD EMPRESA MIXTA VALENCIANA DE AGUAS, S.A., (BOP. VALENCIA NÚM. 41 DE 28 DE FEBRERO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos sobre acta de la comisión negociadora del convenio colectivo de trabajo de la entidad Empresa Mixta Valenciana de Aguas, S.A. (código: 46100442012014). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3315513&miIdioma=C

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA FRESCOS Y ELABORADOS DELISANO, S.A.U, (BOP. VALENCIA NÚM. 41 DE 28 DE FEBRERO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre texto del convenio colectivo de trabajo de la empresa Frescos y Elaborados Delisano, S.A.U (Código: 46101662012020). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3315501&miIdioma=C

CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE PREPARADORES DE ESPECIAS, CONDIMENTOS Y HERBORISTERÍA, (BOP. ALICANTE. NÚM. 42 DE 2 DE MARZO).
Resolución de la Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo la que se dispone el registro oficial y publicación del Convenio Colectivo provincial de preparadores de especias, condimentos y herboristería. Código convenio 03000875011981.. Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://www.dip-alicante.es/bop2/pdftotal/2020/03/02_42/2020_002010.pdf

CONVENIO COLECTIVO DE FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS, S.A. (VALENCIA CAPITAL ZONA DOS, (BOP. VALENCIA NÚM. 45 DE 5 DE MARZO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre acta de la comisión negociadora del convenio colectivo de Fomento de Construcciones y Contratas, S.A. (Valencia capital zona dos) (código: 46000491011981). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3317659&miIdioma=C

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE SECTOR ESTOMATÓLOGOS Y ODONTÓLOGOS, (BOP. VALENCIA NÚM. 45 DE 5 DE MARZO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre acta de la comisión negociadora del convenio colectivo de trabajo de sector estomatólogos y odontólogos. Código: 46004455011994). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3317653&miIdioma=C

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA REMOLCADORES BOLUDA SA, EN EL PUERTO DE VALENCIA, (BOP. VALENCIA NÚM. 45 DE 5 DE MARZO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre texto del convenio colectivo de trabajo de la empresa Remolcadores Boluda SA, en el Puerto de Valencia. Código: 46000432011982). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3317643&miIdioma=C

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA PIROTECNIA RICARDO CABALLER, SA., (BOP. VALENCIA NÚM. 45 DE 5 DE MARZO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre texto del convenio colectivo de trabajo de la empresa Pirotecnia Ricardo Caballer, SA. Código: 46101672012020). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3317632&miIdioma=C

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA SOCIEDAD ANÓNIMA DE AGRICULTORES DE LA VEGA DE VALENCIA PARA EL PERSONAL ADSCRITO A LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA VIARIA Y RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS, CENTRO DE TRABAJO DE SUECA, (BOP. VALENCIA NÚM. 45 DE 5 DE MARZO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre texto del convenio colectivo de trabajo de la empresa Sociedad Anónima de Agricultores de la Vega de Valencia para el personal adscrito a los servicios de limpieza pública viaria y recogida de residuos sólidos urbanos, centro de trabajo de Sueca(Código: 46005151011997). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3317618&miIdioma=C

II CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL LABORAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA, (BOP. VALENCIA NÚM. 45 DE 5 DE MARZO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre acta de la comisión negociadora del acuerdo de adhesión al II Convenio colectivo del Personal Laboral al servicio de la Administración Autonómica. (Código: 46100062022020). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3317611&miIdioma=C

CONVENIO COLECTIVO GENERAL DEL SECTOR DE SERVICIOS DE ASISTENCIA EN TIERRA EN AEROPUERTOS, (BOE.NÚM. 56 DE 5 DE MARZO).
Resolución de 24 de febrero de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se corrigen errores en la de 27 de diciembre de 2019, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo general del sector de servicios de asistencia en tierra en aeropuertos. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-3206

CONVENIO COLECTIVO GENERAL DE TRABAJO DE LA INDUSTRIA TEXTIL Y DE LA CONFECCIÓN, (BOE.NÚM. 56 DE 5 DE MARZO).
Resolución de 24 de febrero de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se corrigen errores en la de 4 de julio de 2019, por la que se registra y publica el Convenio colectivo general de trabajo de la industria textil y de la confección. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-3207

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DEL SECTOR DE GARAJES, APARCAMIENTOS, SERVICIOS DE LAVADO Y ENGRASE Y AUTOESTACIONES PARA 2019-2022, (BOP. VALENCIA NÚM. 46 DE 6 DE MARZO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre texto del convenio colectivo de trabajo del sector de Garajes, aparcamientos, servicios de lavado y engrase y autoestaciones para 2019-2022. (Código 46000175011981). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3317624&miIdioma=C

CONVENIO COLECTIVO DE EMPLEADOS DE FINCAS URBANA, (DOGV.NÚM. 8758 DE 10 DE MARZO).

Resolución de 29 de enero de 2020, de la Subdirección General de Relaciones Laborales, por la que se dispone el registro y depósito del acuerdo de la comisión negociadora del convenio colectivo de empleados de fincas urbana de las provincias de Valencia y Castellón para los años 2018, 2019, 2020, 2021 y 2022. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.

http://www.dogv.gva.es/es/resultat-dogv?signatura=2020/1891&L=1

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA PLANTONES Y CERTIFICADOS, S.L., (BOP. CASTELLÓN NÚM. 30 DE 10 DE MARZO).
Resolución y Acta de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo de Trabajo de la empresa Plantones y Certificados, S.L., Código 12100742012018. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
https://bop.dipcas.es/PortalBOP/buscarConvenios.do

CONVENIO COLECTIVO INTERPROVINCIAL DE FGV, (DOGV.NÚM. 8759 DE 11 DE MARZO).
Resolución de 11 de diciembre de 2019, de la Subdirección General de Relaciones Laborales, por la que se dispone el registro y publicación del Acuerdo de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Interprovincial de FGV. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://www.dogv.gva.es/es/resultat-dogv?signatura=2020/2030&L=1

CONVENIO COLECTIVO ESTATAL PARA LAS INDUSTRIAS DEL CURTIDO, CORREAS, CUEROS INDUSTRIALES Y CURTICIÓN DE PIELES PARA PELETERÍA, (BOE.NÚM. 62 DE 11 DE MARZO).
Resolución de 27 de febrero de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales definitivas para 2019 y las tablas salariales provisionales para 2020 del Convenio colectivo estatal para las industrias del curtido, correas, cueros industriales y curtición de pieles para peletería. Convenio n.º 99001465011981. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-3483

CONVENIO COLECTIVO ESTATAL PARA LAS INDUSTRIAS DE ELABORACIÓN DEL ARROZ, (BOE.NÚM. 62 DE 11 DE MARZO).
Resolución de 27 de febrero de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales definitivas para 2019 y las tablas salariales provisionales para 2020 del Convenio colectivo estatal para las industrias de elaboración del arroz. Convenio 99000335011981. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-3484

CONVENIO COLECTIVO PARA PELUQUERÍAS, INSTITUTOS DE BELLEZA Y GIMNASIOS, (BOE.NÚM. 62 DE 11 DE MARZO).
Resolución de 27 de febrero de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales del año 2020 del Convenio colectivo para peluquerías, institutos de belleza y gimnasios. convenio 99010955011997. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-3486

CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESAS DE ENSEÑANZA PRIVADA SOSTENIDAS TOTAL O PARCIALMENTE CON FONDOS PÚBLICOS, (BOE.NÚM. 62 DE 11 DE MARZO).
Resolución de 2 de marzo de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se corrigen errores en la de 21 de enero de 2020, por la que se registra y publica el Acta en la que se aprueban las tablas salariales de 2019 del VI Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-3492

CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE ESTACIONES DE SERVICIO, (BOE.NÚM. 62 DE 11 DE MARZO).
Resolución de 2 de marzo de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal de estaciones de servicio. Convenio: 99001995011981.Ministerio de Trabajo y Economía Social.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-3493

CONVENIO COLECTIVO PARA LA ACUICULTURA MARINA NACIONAL, (BOE.NÚM. 62 DE 11 DE MARZO).
Resolución de 2 de marzo de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión salarial del V Convenio colectivo para la acuicultura marina nacional. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-3494

CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA HIDRAQUA, GESTIÓN INTEGRAL DE AGUAS DE LEVANTE SA., (BOP. ALICANTE. NÚM. 49 DE 11 DE MARZO).
Resolución de la Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo la que se dispone el registro oficial y publicación del Convenio Colectivo de la empresa Hidraqua, gestión integral de aguas de levante SA. código convenio 03001582011987. Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://www.dip-alicante.es/bop2/pdftotal/2020/03/11_49/2020_002406.pdf

CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA PRODUCTOS DAMEL SL., (BOP. ALICANTE. NÚM. 49 DE 11 DE MARZO).
Resolución de la Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo por la que se dispone el registro oficial y publicación de la prórroga para el año 2020, respecto del Convenio Colectivo de la empresa Productos Damel SL.– Código Convenio 03003671012003. Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://www.dip-alicante.es/bop2/pdftotal/2020/03/11_49/2020_002458.pdf

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LAS COMUNIDADES DE REGANTES., (BOP. CASTELLÓN NÚM. 31 DE 12 DE MARZO).
Resolución y Acta de la Comisión Mixta del Convenio Colectivo de Trabajo de las Comunidades de Regantes de la provincia de Castellón, Código 12000695011978. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
https://bop.dipcas.es/PortalBOP/buscarConvenios.do

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA LEAR EUROPEAN HOLDING, SLU., (BOP. VALENCIA NÚM. 52 DE 16 DE MARZO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre texto del convenio colectivo de trabajo de la empresa Lear European Holding, SLU. (código: 46101021012017). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3321081&miIdioma=C

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA ICE CREAM FACTORY COMAKER, SA., (BOP. VALENCIA NÚM. 52 DE 16 DE MARZO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre prórroga del convenio colectivo de trabajo de la empresa Ice Cream Factory Comaker, SA. (Alzira). (Código: 446006292012003). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3321099&miIdioma=C

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA ACCIONA SERVICIOS URBANOS, SLU, CENTRO DE TRABAJO DE RIBA-ROJA DE TÚRIA, (BOP. VALENCIA NÚM. 52 DE 16 DE MARZO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre texto del convenio colectivo de trabajo de la empresa Acciona Servicios Urbanos, SLU, centro de trabajo de Riba-roja de Túria. Código: 46006511012005. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3321117&miIdioma=C

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS, SA., (BOP. VALENCIA NÚM. 52 DE 16 DE MARZO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre acta de la comisión negociadora del convenio colectivo de trabajo de la empresa Fomento de Construcciones y Contratas, SA., para su centro de trabajo de recogida de residuos y limpieza viaria de Sedaví. (Código: 46100151012013). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3321174&miIdioma=C

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA SOCIEDAD ANÓNIMA DE AGRICULTORES DE LA VEGA DE VALENCIA PARA EL PERSONAL ADSCRITO A LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA VIARIA Y RECOGIDA Y ELIMINACIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS, CENTRO DE TRABAJO DE CULLERA, (BOP. VALENCIA NÚM. 52 DE 16 DE MARZO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre texto del convenio colectivo de trabajo de la empresa Sociedad Anónima de Agricultores de La Vega de Valencia para el personal adscrito a los servicios de limpieza viaria y recogida y eliminación de residuos sólidos urbanos, centro de trabajo de Cullera. Código: 46002162011986. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3321187&miIdioma=C

CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE COMERCIO MINORISTAS, MAYORISTAS Y EXPORTADORES DE CALZADO Y ARTÍCULOS DE PIEL Y VIAJE, (BOP. ALICANTE. NÚM. 52 DE 16 DE MARZO).
Resolución de la Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo la que se dispone el registro oficial y publicación del Convenio Colectivo provincial de comercio minoristas, mayoristas y exportadores de calzado y artículos de piel y viaje código convenio 03000335011981. Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://www.dip-alicante.es/bop2/pdftotal/2020/03/16_52/2020_002525.pdf

CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA TRANSPORTES URBANOS AUTOBUSES DE ALCOY, (BOP. ALICANTE. NÚM. 53 DE 17 DE MARZO).
Resolución de la Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo por la que se dispone el registro oficial y publicación del acuerdo de revisión salarial para el año 2020 del convenio colectivo de la empresa Transportes Urbanos Autobuses de Alcoy- código de Convenio 03001592011988. Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://www.dip-alicante.es/bop2/pdftotal/2020/03/17_53/2020_002709.pdf

CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA MEDITERRÁNEO SERVICIOS DE GESTIÓN INTEGRAL SA., (BOP. ALICANTE. NÚM. 54 DE 18 DE MARZO).
Resolución de la Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo la que se dispone el registro oficial y publicación del Convenio Colectivo de la empresa Mediterráneo Servicios de Gestión Integral SA código convenio 03100932012020. Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://www.dip-alicante.es/bop2/pdftotal/2020/03/18_54/2020_002740.pdf

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA NUESTRA SEÑORA DE GADOR, SL., (BOP. VALENCIA NÚM. 55 DE 20 DE MARZO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre texto del convenio colectivo de trabajo de la empresa Nuestra Señora de Gador, SL. Código: 46101682012020. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3323692&miIdioma=C

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA TELEVISIÓN POPULAR DEL MEDITERRÁNEO, SA., (BOP. VALENCIA NÚM. 55 DE 20 DE MARZO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre texto del convenio colectivo de trabajo de la empresa Televisión Popular del Mediterráneo, SA., (Código: 46100712012015). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3323698&miIdioma=C

FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS S.A., CENTRO TRABAJO DE ONDA., (BOP. CASTELLÓN NÚM. 36 DE 24 DE MARZO).
Resolución, Acta y Tablas Salariales de la empresa Fomento de Construcciones y Contratas S.A., Centro Trabajo de Onda, Código 12001591011992. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
https://bop.dipcas.es/PortalBOP/buscarConvenios.do

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DEL SECTOR DETALLISTAS DE ULTRAMARINOS Y SIMILARES, (BOP. VALENCIA NÚM. 58 DE 25 DE MARZO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre acta de la comisión negociadora del convenio colectivo de trabajo del sector Detallistas de Ultramarinos y Similares de la provincia de Valencia. (Código: 46000325011981). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3323677&miIdioma=C

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA ISABA PROJECTS, SL., (BOP. VALENCIA NÚM. 59 DE 26 DE MARZO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre texto del convenio colectivo de trabajo de la empresa Isaba Projects, SL. (Código: 46101692012020). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3323708&miIdioma=C

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DEL SECTOR DE COMERCIO DE VIDRIO Y CERÁMICA, (BOP. VALENCIA NÚM. 60 DE 27 DE MARZO).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre texto del convenio colectivo de trabajo del sector de comercio de vidrio y cerámica (código 46000895011982). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3323732&miIdioma=CÇ

ACUERDO DE ADHESIÓN DEL INSTITUT VALENCIÀ DE FINANCES (IVF) AL ACUERDO DE LA COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN, VIGILANCIA Y ESTUDIO DEL II CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL LABORAL DE LA GENERALITAT VALENCIANA, (BOP. VALENCIA NÚM. 61 DE 30 DE MARZO).
Edicto de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre el acuerdo de adhesión del Institut Valencià de Finances (IVF) al acuerdo de la Comisión de Interpretación, Vigilancia y Estudio del II Convenio Colectivo del personal laboral de la Generalitat Valenciana (Código: 46100072022020). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3324573&miIdioma=C

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA ANITÍN PANES ESPECIALES, (BOP. VALENCIA NÚM. 62 DE 31 DE MARZO).
Edicto de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre acta de la comisión negociadora del convenio colectivo de trabajo de la empresa Anitín Panes Especiales. (Código: 46100171012014). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3324585&miIdioma=C

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS, S.A., PARA SU CENTRO DE TRABAJO DE RECOGIDA DE RESIDUOS Y LIMPIEZA VIARIA DE TORRENT, (BOP. VALENCIA NÚM. 63 DE 1 DE ABRIL).
Edicto de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre acta de la comisión negociadora del convenio colectivo de trabajo de la empresa Fomento de Construcciones y Contratas, S.A., para su centro de trabajo de recogida de residuos y limpieza viaria de Torrent. (Código: 46005391011998). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3324604&miIdioma=C

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA CALCHER GLOBAL SOLUTIONS, S.L. , (BOP. VALENCIA NÚM. 68 DE 8 DE ABRIL).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre acta de la comisión negociadora del convenio colectivo de trabajo de la empresa Calcher Global Solutions, S.L. (Código: 46100542012014). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3325228&miIdioma=C

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA REAL SOCIEDAD VALENCIANA DE AGRICULTURA Y DEPORTES, (BOP. VALENCIA NÚM. 69 DE 9 DE ABRIL).
Anuncio de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre acta de la comisión negociadora del convenio colectivo de trabajo de la Real Sociedad Valenciana de Agricultura y Deportes. (Código: 46001762011982). Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3325252&miIdioma=C

CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR SUPERMERCADOS Y AUTOSERVICIOS, (BOP. CASTELLÓN NÚM. 47 DE 18 DE ABRIL).
Resolución y articulado del Convenio Colectivo del Sector Supermercados y Autoservicios de la provincia de Castellón, Código 12001375011988. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
https://bop.dipcas.es/PortalBOP/buscarConvenios.do

CONVENIO COLECTIVO DE ÁMBITO ESTATAL DE CENTROS DE ASISTENCIA Y EDUCACIÓN INFANTIL, (BOE.NÚM. 134 DE 13 DE MAYO).
Resolución de 10 de marzo de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el acuerdo de modificación del artículo 10 del XII Convenio colectivo de ámbito estatal de centros de asistencia y educación infantil. Código de convenio n.º 99005615011990. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-4996

CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE INDUSTRIAS DE PASTAS ALIMENTICIAS, (BOE.NÚM. 134 DE 13 DE MAYO).
Resolución de 10 de marzo de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales definitivas para el año 2019 del Convenio colectivo del sector de industrias de pastas alimenticias. Código de convenio n.º 99003945011981. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-5001

CONVENIO COLECTIVO GENERAL DE TRABAJO DE LA INDUSTRIA TEXTIL Y DE LA CONFECCIÓN, (BOE.NÚM. 134 DE 13 DE MAYO).
Resolución de 12 de marzo de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales del Convenio colectivo general de trabajo de la industria textil y de la confección. Convenio nº 99004975011981. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-5006

CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DEL CORCHO, (BOE.NÚM. 135 DE 14 DE MAYO).
Resolución de 6 de marzo de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VIII Convenio colectivo estatal del corcho. Convenio n º 99010185011996. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-5038

CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE GESTIÓN Y MEDIACIÓN INMOBILIARIA, (BOE.NÚM. 135 DE 14 DE MAYO).
Resolución de 14 de marzo de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del VII Convenio colectivo estatal de gestión y mediación inmobiliaria. Código de convenio: 99014585012004. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-5039

CONVENIO COLECTIVO GENERAL DE ÁMBITO NACIONAL PARA EL SECTOR DE APARCAMIENTOS Y GARAJES, (BOE.NÚM. 135 DE 14 DE MAYO).
Resolución de 14 de marzo de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la actualización salarial para 2020 del Convenio colectivo general de ámbito nacional para el sector de aparcamientos y garajes. Código de convenio n.º 99011445011900. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-5040

CONVENIO COLECTIVO DE GENERAL DE FERRALLA, (BOE.NÚM. 135 DE 14 DE MAYO).
Resolución de 14 de marzo de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales para el año 2020 del VI Convenio colectivo de general de ferralla. código de convenio núm. 99012395011999. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-5041

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA EL SECTOR PRIVADO DE RESIDENCIAS PARA LA TERCERA EDAD, SERVICIOS DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS DEPENDIENTES Y DESARROLLO DE LA PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL, (DOGV.NÚM. 8813 DE 18 DE MAYO).
Resolución de 4 de marzo de 2020, de la Subdirección General de Relaciones Laborales, por la que se disponen el registro y la publicación del texto del convenio colectivo de trabajo para el sector privado de residencias para la tercera edad, servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal, en la Comunitat Valenciana, código 80000265011996. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://www.dogv.gva.es/es/resultat-dogv?signatura=2020/3371&L=1

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA LA COMUNITAT VALENCIANA DEL SECTOR DE ACTIVIDADES DIVERSAS, (DOGV.NÚM. 8816 DE 20 DE MAYO).
Resolución de 23 de marzo de 2020, de la Subdirección General de Relaciones Laborales, por la que se disponen el registro y la publicación del acuerdo de la comisión paritaria del Convenio colectivo de trabajo para la Comunitat Valenciana del sector de actividades diversas, respecto de las tablas salariales del año 2020. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://www.dogv.gva.es/es/resultat-dogv?signatura=2020/3512&L=1

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA GOZÁLBEZ Y DÍAZ, SL., (BOP. VALENCIA NÚM. 95 DE 20 DE MAYO).
Anuncio de la Conselleria de Economía, Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre acta de la comisión negociadora del convenio colectivo de trabajo de la empresa Gozálbez y Díaz, SL. Código: 46101474012018. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3329979&miIdioma=C

CONVENIO COLECTIVO DE BEBIDAS REFRESCANTES, (DOGV.NÚM. 8822 DE 28 DE MAYO).
Corrección de errores de la Resolución de 20 de diciembre de 2019, de la Subdirección General de Relaciones Laborales, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se dispone el registro y publicación del texto del texto del Convenio colectivo de bebidas refrescantes de la Comunitat Valenciana 2019-2021, código: 80000555012002. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://www.dogv.gva.es/es/resultat-dogv?signatura=2020/3742&L=1

 

AEAT – Novedades introducidas por el RD-ley 19/2020 que afectan a los intereses de demora en aplazamientos COVID y a la declaración del Impuesto sobre Sociedades 2019

En el Portal AEAT se ha publicado la siguiente novedad:

https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_componentes_/_Le_interesa_conocer/Novedades_introducidas_por_el_RD_ley_19_2020_que_afectan_a_los_intereses_de_demora_en_aplazamientos_COVID_y_a_la_declaracion___Sociedades_2019.shtml


Novedades introducidas por el RD-ley 19/2020 que afectan a los intereses de demora en aplazamientos COVID y a la declaración del Impuesto sobre Sociedades 2019

De acuerdo con el Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo, por el que se adoptan medidas complementarias en materia agraria, científica, económica, de empleo y Seguridad Social y tributarias para paliar los efectos del COVID-19 (BOE 27 de mayo), podemos destacar las siguientes medidas en el ámbito tributario:

  • Intereses de demora aplazamientos(Disposición final séptima, disposición final novena y disposición transitoria segunda RD-ley 19/2020)

Se amplía a cuatro meses el plazo de no devengo de intereses de demora para los aplazamientos de los artículos 14 del RDLey 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, y 52 del RD-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

Estas modificaciones se aplicarán, respectivamente, a las solicitudes de aplazamiento que se hubieran presentado a partir de la entrada en vigor de dichos RD-ley 7/2020, de 12 de marzo, y 11/2020, de 31 de marzo.

  • Cuentas anuales y Declaración Impuesto sobre Sociedades 2019.

2.1. Plazos de formulación y aprobación de cuentas anuales: se modifica el artículo 40 del RD-ley 8/2020, de 17 de marzo. (Apartados tres y cuatro de la Disposición final octava RD-ley 19/2020)

Se establece que el plazo de tres meses para formular las cuentas anuales y demás documentos legalmente obligatorios comenzará a contarse desde el 1 de junio de 2020 y no desde la finalización del estado de alarma.

Adicionalmente, se reduce de tres a dos meses el plazo para aprobar las cuentas anuales desde la formulación, con lo que las empresas dispondrán antes de unas cuentas aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil y se armoniza dicho plazo para todas las sociedades, sean o no cotizadas, de modo que todas deberán tener las cuentas aprobadas dentro de los diez primeros meses del ejercicio.

2.2. Presentación de la declaración del Impuesto sobre Sociedades para los contribuyentes que se ajusten, para la formulación y aprobación de las cuentas anuales del ejercicio, a lo dispuesto en los artículos 40 y 41 del RD-ley 8/2020, de 17 de marzo. (Artículo 12 RD-ley 19/2020)

  • Los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades cuyo plazo para la formulación y aprobación de las cuentas anuales del ejercicio se ajuste a lo dispuesto en los artículos 40 y 41 del RD-ley presentarán la declaración del Impuesto para el período impositivo correspondiente a dicho ejercicio en el plazo previsto en el apartado 1 del artículo 124 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (LIS).
    Si a la finalización de este último plazo, las cuentas anuales no hubieran sido aprobadas, la declaración se realizará con las cuentas anuales disponibles.

A estos efectos, se entenderá por cuentas anuales disponibles:

  • Para las sociedades anónimas cotizadas, las cuentas anuales auditadas a que se refiere la letra a) del artículo 41.1 del mencionado RD-ley 8/2020.
  • Para el resto de contribuyentes, las cuentas anuales auditadas o, en su defecto, las cuentas anuales formuladas por el órgano correspondiente, o a falta de estas últimas, la contabilidad disponible llevada de acuerdo con lo previsto en el Código de Comercio o con lo establecido en las normas por las que se rijan.
  • En el caso de que la autoliquidación del Impuesto que deba resultar con arreglo a las cuentas anuales aprobadas difiera de la presentada en el plazo ordinario de declaración, los contribuyentes presentarán una nueva autoliquidación con plazo hasta el 30 de noviembre de 2020.
    • Nueva declaración complementaria: Esta nueva autoliquidación tendrá la consideración de complementariaa los efectos previstos en el artículo 122 de la Ley General Tributaria (LGT), si de ella resultase una cantidad a ingresar superior o una cantidad a devolver inferior a la derivada de la autoliquidación anterior efectuada conforme a lo dispuesto en el apartado anterior.

La cantidad a ingresar resultante devengará intereses de demora conforme a lo dispuesto en el artículo 26 de la LGT desde el día siguiente a la finalización del plazo previsto en el artículo 124.1 de la LIS, sin que le resulte de aplicación lo dispuesto en el artículo 27 de la LGT.

  • Nueva declaración en el resto de casos: En los casos en los que la nueva declaración no tenga la consideración de complementaria, la nueva autoliquidación producirá efectos desde su presentación, sin que resulte de aplicación lo dispuesto en el artículo 120.3 de la LGT, y en los artículos 126 y siguientes del Reglamento General aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, ni se limiten las facultades de la Administración para verificar o comprobar la primera y la nueva autoliquidación.

No resultará de aplicación respecto de la nueva autoliquidación las limitaciones a la rectificación de las opciones a que se refiere el artículo 119.3 de la LGT.

  • En el caso de devolución de cantidades derivadas de la aplicación de lo dispuesto en este artículo, se aplicará el artículo 127 de la LIS. A estos efectos el plazo de los 6 meses se contará a partir de la finalización del plazo establecido en el apartado anterior para la presentación de la nueva autoliquidación.

No obstante, lo anterior, cuando de la rectificación a la que se refiere la letra b) del apartado 3 del artículo 12 de este RD-Ley 19/2020, resulte una cantidad a devolver como consecuencia de un ingreso efectivo en la autoliquidación anterior, se devengarán intereses de demora sobre dicha cantidad desde el día siguiente a la finalización del plazo voluntario de declaración a que se refiere el apartado 1 del artículo 124 de la LIS hasta la fecha en que se ordene el pago de la devolución.

  • Finalmente se indica que las autoliquidaciones presentadas por los obligados tributarios a las que se refiere este artículo 12 podrán ser objeto de verificación y comprobación por la Administración, que practicará, en su caso, la liquidación que proceda y que en particular, no se derivará ningún efecto preclusivo de las rectificaciones a las que se refiere la letra b) del apartado 2 de este artículo.

Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo

Un saludo, 

Coordinación Delegación Especial AEAT Valencia

Novedades 27 Mayo(OFYDES)

LEGISLACION

PRÓRROGA DE LAS AUTORIZACIONES DE ESTANCIA Y RESIDENCIA Y/O TRABAJO, (BOE.NÚM. 142 DE 20 DE MAYO).

Orden SND/421/2020, de 18 de mayo, por la que se adoptan medidas relativas a la prórroga de las autorizaciones de estancia y residencia y/o trabajo y a otras situaciones de los extranjeros en España, en aplicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Ministerio de Sanidad.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-5141

CONDICIONES PARA EL USO OBLIGATORIO DE MASCARILLA, (BOE.NÚM. 142 DE 20 DE MAYO).
Orden SND/422/2020, de 19 de mayo, por la que se regulan las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Ministerio de Sanidad.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-5142

UTILIZACIÓN DE MASCARILLAS EN LOS DISTINTOS MEDIOS DE TRANSPORTE Y SE FIJAN REQUISITOS PARA GARANTIZAR UNA MOVILIDAD SEGURA DE CONFORMIDAD CON EL PLAN PARA LA TRANSICIÓN HACIA UNA NUEVA NORMALIDAD. MEDIDAS EN MATERIA DE ORDENACIÓN GENERAL DE LA NAVEGACIÓN MARÍTIMA ADOPTADAS, (BOE.NÚM. 143 DE 21 DE MAYO).
Orden TMA/424/2020, de 20 de mayo, por la que se modifican la Orden TMA/384/2020, de 3 de mayo, por la que se dictan instrucciones sobre la utilización de mascarillas en los distintos medios de transporte y se fijan requisitos para garantizar una movilidad segura de conformidad con el plan para la transición hacia una nueva normalidad; y la Orden TMA/419/2020, de 18 de mayo, por la que se actualizan las medidas en materia de ordenación general de la navegación marítima adoptadas durante el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 al proceso de desescalada. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-5192

FLEXIBILIZAN CIERTAS RESTRICCIONES DERIVADAS DE LA EMERGENCIA SANITARIA PROVOCADA POR EL COVID-19 A PEQUEÑOS MUNICIPIOS Y A ENTES LOCALES DE ÁMBITO TERRITORIAL INFERIOR, (BOE.NÚM. 144 DE 22 DE MAYO).
Orden SND/427/2020, de 21 de mayo, por la que se flexibilizan ciertas restricciones derivadas de la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19 a pequeños municipios y a entes locales de ámbito territorial inferior. Ministerio de Sanidad.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-5218

MODIFICACIÓN DIVERSAS ÓRDENES PARA UNA MEJOR GESTIÓN DE LA CRISIS SANITARIA, (BOE.NÚM. 146 DE 23 DE MAYO).
Orden SND/440/2020, de 23 de mayo, por la que se modifican diversas órdenes para una mejor gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en aplicación del Plan para la transición hacia una nueva normalidad. Ministerio de Sanidad.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-5265

LIMITACIÓN ENTRADA EN ESPAÑA A LAS AERONAVES Y BUQUES DE PASAJE A TRAVÉS DE LOS PUNTOS DE ENTRADA DESIGNADOS CON CAPACIDAD DE ATENCIÓN A EMERGENCIAS DE SALUD PÚBLICA, (BOE.NÚM. 146 DE 23 DE MAYO).
Orden SND/441/2020, de 23 de mayo, por la que se prorroga la Orden TMA/410/2020, de 14 de mayo, por la que se limita la entrada en España a las aeronaves y buques de pasaje a través de los puntos de entrada designados con capacidad de atención a emergencias de salud pública de importancia internacional. Ministerio de Sanidad.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-5266

PRORROGAN LOS CONTROLES EN LAS FRONTERAS INTERIORES TERRESTRES, AÉREAS Y MARÍTIMAS, (BOE.NÚM. 146 DE 23 DE MAYO).
Orden SND/439/2020, de 23 de mayo, por la que se prorrogan los controles en las fronteras interiores terrestres, aéreas y marítimas con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Ministerio de Sanidad.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-5264

PRORROGA EL ESTADO DE ALARMA, (BOE.NÚM. 146 DE 23 DE MAYO).
Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-5243

ACTIVA LA FASE 2 DEL PLAN DE DESESCALADA PARA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, (BOE.NÚM. 145 DE 23 DE MAYO).
Orden JUS/430/2020, de 22 de mayo, por la que se activa la Fase 2 del Plan de Desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19. Ministerio de Justicia.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-5241

MODIFICACIÓN. FLEXIBILIZACIÓN DE DETERMINADAS RESTRICCIONES DE ÁMBITO NACIONAL, (BOE.NÚM. 147 DE 24 DE MAYO).
Orden SND/442/2020, de 23 de mayo, por la que se modifica la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad y la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad. Ministerio de Sanidad.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-5267

PUNTOS DE ENTRADA DESIGNADOS CON CAPACIDAD DE ATENCIÓN A EMERGENCIAS DE SALUD PÚBLICA, (BOE.NÚM. 149 DE 26 DE MAYO).
Orden TMA/444/2020, de 25 de mayo, por la que se amplía la relación de puntos de entrada designados con capacidad de atención a emergencias de salud pública de importancia internacional. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-5285

MEDIDAS COMPLEMENTARIAS EN MATERIA AGRARIA, CIENTÍFICA, ECONÓMICA, DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Y TRIBUTARIAS, (BOE.NÚM. 150 DE 27 DE MAYO).
Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo, por el que se adoptan medidas complementarias en materia agraria, científica, económica, de empleo y Seguridad Social y tributarias para paliar los efectos del COVID-19. Jefatura del Estado.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-5315

GESTIÓN DE RESIDUOS. FLEXIBILIZACIÓN DE DETERMINADAS RESTRICCIONES EN LA FASE 2, (BOE.NÚM. 150 DE 27 DE MAYO).
Orden SND/445/2020, de 26 de mayo, por la que se modifica la Orden SND/271/2020, de 19 de marzo, por la que se establecen instrucciones sobre gestión de residuos en la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad. Ministerio de Sanidad.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-5323

 

AYUDAS, SUBVENCIONES

CORRECCIÓN ERRORES. MEDIDAS DE APOYO AL SECTOR CULTURAL Y DE CARÁCTER TRIBUTARIO, (BOE.NÚM. 142 DE 20 DE MAYO).

Corrección de errores del Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-2019. Jefatura del Estado.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-5138

BASES REGULADORAS Y CONCESIÓN DIRECTA DE AYUDAS EN MATERIA DE VIVIENDA, (DOGV.NÚM. 8819bis DE 25 DE MAYO).
Decreto 60/2020, de 15 de mayo, del Consell, de aprobación de bases reguladoras y concesión directa de ayudas en materia de vivienda para paliar situaciones de especial vulnerabilidad por la Covid-19. Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas y Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática.
http://www.dogv.gva.es/datos/2020/05/25/pdf/2020_3663.pdf

MODIFICACIÓN LINEAS DE FINANCIACIÓN BONIFICADA IVF., (DOGV.NÚM. 8819 DE 25 DE MAYO).
Resolución de 19 de mayo de 2020, del director general del Institut Valencià de Finances, por la que se modifica la convocatoria de 11 de febrero de 2020 de la línea de financiación bonificada «IVF-Autónomos y microempresas».Institut Valencià de Finances.
http://www.dogv.gva.es/es/resultat-dogv?signatura=2020/3593&L=1

Resolución de 19 de mayo de 2020, del director general del Institut Valencià de Finances, por la que se modifica la convocatoria de 15 de abril de 2020 de la línea de financiación bonificada «IVF-liquidez Covid-19». Institut Valencià de Finances.
http://www.dogv.gva.es/es/resultat-dogv?signatura=2020/3597&L=1

Resolución de 19 de mayo de 2020, del director general del Institut Valencià de Finances, por la que se modifica la convocatoria de 11 febrero de la línea de financiación bonificada «IVF-Gran empresa». Institut Valencià de Finances.
http://www.dogv.gva.es/es/resultat-dogv?signatura=2020/3599&L=1

Resolución de 19 de mayo de 2020, del director general del Institut Valencià de Finances, por la que se modifica la convocatoria de 11 febrero de la línea de financiación bonificada «IVF-Pyme». Institut Valencià de Finances.
http://www.dogv.gva.es/es/resultat-dogv?signatura=2020/3601&L=1

SUBVENCIONES DESTINADAS A LA PROMOCIÓN, FOMENTO Y DIFUSIÓN DE LA ECONOMÍA SOCIAL,(DOGV.NÚM. 8820 DE 26 DE MAYO).
Resolución de 19 de mayo de 2020, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se efectúa la convocatoria, para el ejercicio 2020, de las subvenciones reguladas en los artículos 16 y 17 de la Orden 2/2020, de 27 de febrero, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la promoción, fomento y difusión de la economía social en la Comunitat Valenciana. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
http://www.dogv.gva.es/es/resultat-dogv?signatura=2020/3643&L=1

Extracto de la Resolución de 19 de mayo de 2020, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se efectúa la convocatoria, para el ejercicio 2020, de las subvenciones reguladas en los artículos 16 y 17 de la Orden 2/2020, de 27 de febrero, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la promoción, fomento y difusión de la economía social en la Comunitat Valenciana.
http://www.dogv.gva.es/es/resultat-dogv?signatura=2020/3614&L=1

MODIFICACIÓN. INSTRUMENTO FINANCIERO «PRÉSTAMO SUBORDINADO» DEL PROGRAMA OPERATIVO FEDER CVA 2014-2020, (DOGV.NÚM. 8820 DE 26 DE MAYO).
Resolución de 19 de mayo de 2020, del director general del Institut Valencià de Finances, por la que se modifica la convocatoria de 4 de mayo de 2020, del Institut Valencià de Finances, por la que se convoca el instrumento financiero «Préstamo subordinado» del programa operativo FEDER CVA 2014-2020. Institut Valencià de Finances.
http://www.dogv.gva.es/es/resultat-dogv?signatura=2020/3595&L=1

MODIFICACIÓN. INSTRUMENTO FINANCIERO «PRÉSTAMO SUBORDINADO» DEL PROGRAMA OPERATIVO FEDER CVA 2014-2020, (DOGV.NÚM. 8820 DE 26 DE MAYO).
Acuerdo de 19 de mayo de 2020, del Consejo Ejecutivo del Fondo de Fondos FEDER, por el que se modifican las normas reguladoras del instrumento financiero «Préstamo subordinado» del programa operativo FEDER CVA 2014-2020, aprobadas mediante el Acuerdo de 3 de abril de 2020. Institut Valencià de Finances.
http://www.dogv.gva.es/es/resultat-dogv?signatura=2020/3600&L=1

MODIFICAN LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS DEL PROGRAMA DE FOMENTO DE LA REGENERACIÓN Y RENOVACIÓN URBANA Y RURAL, (DOGV.NÚM. 8821 DE 27 DE MAYO).
Orden 4 /2020, de 7 mayo de 2020, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, por la que se modifican las bases reguladoras de las ayudas del Programa de fomento de la regeneración y renovación urbana y rural del Plan estatal de vivienda 2018-2021, aprobadas por la Orden 1/2019, de 18 de febrero, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio. Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática.
http://www.dogv.gva.es/es/resultat-dogv?signatura=2020/3666&L=1

CORRECCIÓN ERRORES. LÍNEA DE FINANCIACIÓN BONIFICADA, (DOGV.NÚM. 8821 DE 27 DE MAYO).
Corrección de errores de la Resolución de 19 de mayo de 2020, del director general del Institut Valencià de Finances, por la que se modifica la convocatoria de 11 febrero de la línea de financiación bonificada «IVF-Gran Empresa». Institut Valencià de Finances.
http://www.dogv.gva.es/es/resultat-dogv?signatura=2020/3732&L=1

Corrección de errores de la Resolución de 19 de mayo de 2020, del director general del Institut Valencià de Finances, por la que se modifica la convocatoria de 11 febrero de la línea de financiación bonificada «IVF-Pyme»
http://www.dogv.gva.es/es/resultat-dogv?signatura=2020/3733&L=1

HACIENDA
MODIFICACIÓN PLAZO DE INGRESO EN PERIODO VOLUNTARIO DE LOS RECIBOS DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS DEL EJERCICIO 2020, (BOE.NÚM. 142 DE 20 DE MAYO).
Resolución de 18 de mayo de 2020, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica el plazo de ingreso en periodo voluntario de los recibos del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2020 relativos a las cuotas nacionales y provinciales, y se establece el lugar de pago de dichas cuotas. Ministerio de Hacienda.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-5162

 

INTERNACIONALIZACION

.CORONAVIRUS_ CHINA: Situación actual y perspectivas para la empresa española. Webinario 4 de junio.

Organizan ICEX España Exportación e Inversiones junto con la Cámara de Comercio de España y la CEOE.

Enlace evento:
https://icex.secure.force.com/apex/icex_snd__Clic2ResposiveEmailViewer?templateId=00X4I0000028nZzUAI&Contact.Id=%7b!Contact.Id%7d

.CORONAVIRUS: SUDÁFRICA y MOZAMBIQUE: Situación actual y perspectivas para la empresa española. Webinario 2 de junio.

Organizan ICEX España Exportación e Inversiones junto con la Cámara de Comercio de España y la CEOE.

Enlace evento:
https://icex.secure.force.com/apex/icex_snd__Clic2ResposiveEmailViewer?templateId=00X4I0000028nYwUAI&Contact.Id=%7b!Contact.Id%7d

CEV- Comisión Logística y Transporte: Borrador Ley de Cambio Climático y Transición Ecológica de la CV (Plazo de comentarios antes 3 de junio)

A.A. COMISIÓN DE LOGÍSTICA Y TRANSPORTE

Adjunto a este correo electrónico se incluye el Borrador de la Ley de Cambio Climático y Transición Ecológica que nos han remitido desde el Gabinete de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica a los miembros del Consejo Asesor y de Participación en Medio Ambiente de la Conselleria (CAPMA)

Desde el Gabinete nos indican que en las próximas semanas tendrán lugar los grupos de trabajo sectoriales en el seno del CAPMA. No disponemos de más información ni de fechas. No obstante, con el fin de estar preparados, te agradeceríamos que remitieras tus aportaciones y comentarios antes del 3 de junio de 2020 al area_tecnica@cev.es, no obstante, remitiremos cualquier información que nos hagan llegar.

Recibe un cordial saludo,

CEV

Borrador Ley Cambio Climático y Transición Ecológica

NOVEDADES FISCALES Y MERCANTILES RD-LEY 19/2020 ESP/ENG

Estimado/a Sr./Sra.,

 

Le informo de que hoy se ha publicado el Real Decreto-ley 19/2020 por el que se adoptan medidas complementarias en materia agraria, científica, económica, de empleo y Seguridad Social y tributarias para paliar los efectos del COVID-19, que entra en vigor mañana, 28 de mayo.

 

Se aprueban medidas en el ámbito agrario, para paliar la falta de mano de obra en el sector; en el ámbito científico, relativas al desarrollo del proyecto de acelerador de partículas europeo en Granada y a la regulación de organismos modificados genéticamente; medidas económicas en el sector de las telecomunicaciones –para facilitar de nuevo el cambio de operador-, en el bancario, la autorización de los avales a otorgar por España en el Instrumento europeo SURE y un régimen especial complementario para los acuerdos de moratoria hipotecaria y de moratoria de préstamos personales; medidas en el ámbito del empleo y Seguridad Social que, en general, intentan solucionar problemas técnicos de la normativa aprobada con anterioridad y se ajusta la prestación por desempleo de los artistas en espectáculos públicos; y se modifican algunas medidas mercantiles con incidencia, como luego veremos, en el orden tributario.

 

Modificaciones mercantiles

 

Te recuerdo que el artículo 40.3 del Real Decreto-ley 8/2020 amplió el plazo de formulación de cuentas anuales mediante la suspensión del plazo de 3 meses, a contar desde el final del período impositivo, con la declaración del estado de alarma, estableciendo que dicho plazo se reanudaría de nuevo por otros 3 meses desde la finalización de dicha situación excepcional.

 

Pues bien, lo que se modifica ahora es que la reanudación no queda referida a la fecha de finalización del período de alarma, sino que se fija en el 1 de junio, por lo que el plazo máximo de formulación de las cuentas anuales de una entidad cuyo ejercicio terminó el 31 de diciembre de 2019 será el 31 de agosto de 2020.

 

Además, si bien el artículo 40.5 del mencionado Real Decreto-ley establecía un plazo máximo, para que la Junta General de las compañías se reuniera para aprobar cuentas, de 3 meses desde que finalizase el plazo para formular dichas cuentas, ahora se modifica y se rebaja a solo 2 meses, con lo que, agotando los plazos, entidades con ejercicio coincidente con el año podrían aprobar sus cuentas anuales hasta el 31 de octubre.

 

Presentación de la declaración del Impuesto sobre Sociedades

 

No se altera el plazo para autoliquidar el impuesto: por lo que seguirá siendo de 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores a la conclusión del período impositivo. Como sabemos, del 1 al 25 de julio de 2020 para entidades cuyo período impositivo de 2019 coincida con el año natural.

 

La novedad es que si a 25 de julio de 2020 la entidad no hubiera aprobado cuentas –cosa que puede ocurrir sin incumplir ningún plazo según lo visto en las modificaciones mercantiles- esa declaración se realizará con las “cuentas anuales disponibles” que, en cotizadas, serán las cuentas auditadas y, para todas las demás, serán las cuentas auditadas –si es el caso- o las cuentas formuladas pero, si no han sido formuladas aún –lo que también es posible según vimos porque el plazo finaliza el 31 de agosto- con la contabilidad llevada de acuerdo al Código de Comercio.

 

Pero, si las cuentas aprobadas fueran diferentes a las utilizadas en la declaración, la entidad presentará una nueva, hasta el 30 de noviembre de 2020 como máximo.

 

Características de la nueva autoliquidación:
  • Si de la misma resulta una cantidad a ingresar mayor o una cantidad a devolver menor que en la primera, se considera complementaria, devengándose por ese importe intereses de demora desde que terminó el plazo de la “normal” –en general desde el 25 de julio-.
  • Si resultase menos importe a ingresar o más a devolver se considerará rectificación de la primera pero sin los efectos de las autoliquidaciones rectificativas –sin devengo de intereses de demora por el diferencial desde la fecha de presentación y sin aplicar el procedimiento establecido para ellas de los artículos 126 y siguientes del Reglamento de aplicación de los tributos-.
  • En la nueva autoliquidación se podrán modificar las opciones o ejercer las opciones como en cualquier declaración presentada en plazo. Por ejemplo, aunque en la presentada en julio no se hayan compensado bases negativas, sí se podrán compensar en la de noviembre y la Administración no podrá discutirlo.
  • El plazo de 6 meses a partir del cual se devengan intereses de demora, si la cantidad que resulte a devolver por la presentación de la autoliquidación no se ha hecho efectiva, se contará a partir del 30 de noviembre de 2020. Por lo tanto, en caso de que resulte una cantidad a devolver de esta segunda autoliquidación, el devengo de intereses de demora comenzará el 1 de junio de 2021.
  • Como excepción a lo anterior, si en la segunda declaración se produce una rectificación de la primera con un resultado a devolver porque se ingresó efectivamente en esa primera, los intereses de demora sobre la devolución se devengarán desde el primer plazo –en general, el 25 de julio-.
  • Se aclara que tanto una como otra declaración podrán ser comprobadas por la Administración.
Lista de morosos a la Hacienda Pública

 

Se amplía el plazo de publicación de la Orden que recoja la lista de morosos a 31 de diciembre de 2019 -que era como máximo el primer semestre de 2020- hasta el 1 de octubre de este año.

 

Exención de determinadas escrituras en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

 

Se establece la exención, de la cuota gradual de documentos notariales de la modalidad de Actos jurídicos Documentados, de las escrituras de formalización de determinadas moratorias legales y convencionales relacionadas con las medidas para paliar el Covid-19, para facilitar el aplazamiento de deudas.

 

Condiciones del aplazamiento sin garantías de determinadas deudas de autoliquidaciones tributarias

 

Respecto a los aplazamientos sin garantías, con un máximo de 30.000€, para deudores con volumen de operaciones que no supere 6.010.121,04€, de las autoliquidaciones cuyo plazo finalice entre el 13 de marzo y el 30 de mayo, regulados por el artículo 14 del Real Decreto-ley 7/2020, en los que no se devengaban intereses de demora por los 3 primeros meses, ahora se establece que no se devenguen por los 4 primeros meses.

Atentamente,

Dear Mr/Mrs

I would like to inform you that today the Royal Decree-Law 19/2020 has been published, which adopts complementary measures in the agricultural, scientific, economic, employment and social security and tax fields to alleviate the effects of the COVID-19, which comes into force tomorrow, 28 May.

Measures are approved in the agricultural field, to alleviate the lack of labour in the sector; in the scientific field, relating to the development of the European particle accelerator project in Granada and the regulation of genetically modified organisms; economic measures in the telecommunications sector – to once again facilitate the change of operator -, in the banking sector, the authorisation of the guarantees to be granted by Spain in the European SURE instrument and a special complementary regime for the mortgage moratorium and personal loan moratorium agreements; measures in the field of employment and Social Security which, in general, attempt to solve technical problems with previously approved regulations and adjust unemployment benefits for artists in public performances; and some commercial measures are modified with an impact, as we will see later, on the tax order.

Mercantile modifications

I would remind you that Article 40.3 of Royal Decree Law 8/2020 extended the period for drawing up annual accounts by suspending the period of 3 months, starting from the end of the tax period, with the declaration of the state of alarm, establishing that this period would resume again for another 3 months from the end of this exceptional situation.

What is now modified is that the resumption does not refer to the date of the end of the alarm period, but is set at 1 June, so that the maximum period for the formulation of the annual accounts of an entity whose financial year ended on 31 December 2019 will be 31 August 2020.

Furthermore, although Article 40.5 of the aforementioned Royal Decree-Law established a maximum period of three months from the end of the period for drawing up the accounts for the General Meeting of the companies to approve them, this has now been amended to two months.

Presentation of the corporate income tax return

The deadline for self-assessment of the tax is not altered: it will therefore remain at 25 calendar days following the 6 months after the end of the tax period. As we know, from 1 to 25 July 2020 for entities whose 2019 tax period coincides with the calendar year.

The novelty is that if by 25 July 2020 the entity had not approved its accounts – which can happen without missing any deadline as seen in the commercial amendments – that declaration will be made with the available annual accounts’ which, in the case of listed companies, will be the audited accounts and, for all others, will be the audited accounts – if that is the case – or the accounts that have been prepared but, if they have not yet been prepared – which is also possible as we saw because the deadline ends on 31 August – with the accounts kept in accordance with the Commercial Code.

However, if the approved accounts are different from those used in the declaration, the entity will present a new one, until 30 November 2020 at the latest.

Characteristics of the new self-assessment:

– If it results in a higher amount to be paid or a lower amount to be returned than in the first one, it is considered complementary, and interest for late payment will be accrued on that amount since the end of the «normal» period -in general since July 25-.

– If the amount to be paid is less or more, it will be considered a correction of the first one but without the effects of the corrective self-assessments -without accruing interest for late payment on the differential from the date of presentation and without applying the procedure established for them in Articles 126 and following of the Regulation on the application of taxes.

– In the new self-assessment, the options may be modified or exercised as in any declaration submitted within the deadline. For example, even if no negative bases have been offset in the July return, they may be offset in the November return and the tax authorities will not be able to discuss this.

– The 6-month period from which interest on arrears is accrued, if the amount to be returned for the presentation of the self-assessment has not been made, will be counted from 30 November 2020. Therefore, if the amount to be repaid results from this second self-settlement, the accrual of interest for late payment will begin on 1 June 2021.

– By way of exception to the above, if the second declaration is corrected in the first with a result to be returned because it was actually paid in the first, the interest on the return will be accrued from the first deadline – in general, 25 July.

– It is clarified that both declarations can be checked by the Administration.

List of Defaulters to the Treasury

The deadline for the publication of the Order containing the list of defaulters on 31 December 2019 – which was the first half of 2020 at the latest – has been extended to 1 October this year.

Exemption of certain deeds from Transfer Tax and Stamp Duty

The gradual exemption of notarial documents from the modality of Documented Legal Acts, of the deeds of formalization of certain legal and conventional moratoriums related to the measures to alleviate the Covid-19, is established to facilitate the deferment of debts.

Conditions for the unsecured deferral of certain tax self-assessment debts

With regard to unsecured deferrals, with a maximum of 30,000 euros, for debtors with a volume of transactions not exceeding 6,010,121.04 euros, of self-assessments whose period ends between 13 March and 30 May, regulated by article 14 of Royal Decree Law 7/2020, in which no interest on arrears was accrued for the first 3 months, it is now established that no interest is accrued for the first 4 months.

Sincerely,

www.gestionvalencia.com