Tarjeta Sanitaria Individual Única.

El Consejo de Ministros, ha aprobado el pasado viernes 20 de septiembre, un Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 183/2004, por el que se regula la tarjeta sanitaria individual.

El Real Decreto aprobado es fruto del acuerdo de todos los consejeros de Sanidad autonómicos, que el 29 de febrero de 2012 dieron el visto bueno a la propuesta de criterios básicos de formato de la tarjeta sanitaria del Sistema Nacional de Salud. De este modo, además, se cumple lo estipulado en el Real Decreto-Ley 9/2011, en el que se recoge que el Gobierno, en coordinación con las Comunidades Autónomas, establecer el formato único y común de tarjeta sanitaria válido para todo el Sistema Nacional de Salud.

Las tarjetas incluirán una serie de datos básicos comunes y estarán vinculadas a un código de identificación personal. Los datos básicos a incluir en el anverso de la tarjeta sanitaria son:

1. Identidad institucional de la Comunidad Autónoma o entidad que la emite.

2. Los rótulos de Sistema Nacional de Salud de España y Tarjeta Sanitaria.

Pinchar aquí para ver nota del departamento de prensa de La Moncloa.

Ley de Emprendedores.

El Congreso de los Diputados aprobó el pasado día 19 de septiembre la Ley de Emprendedores, para intentar facilitar la creación de empresas, el acceso a financiación para sacarlas adelante y, en un último término, crear empleo a través de ese tejido empresarial. Tras su paso por las dos cámaras parlamentarias, el texto ha sufrido distintas modificaciones para ampliar aún más los incentivos fiscales y bonificaciones.

Uno de los aspectos más destacados del texto es la rebaja de la contribución de los nuevos autónomos a la Seguridad Social con una tarifa plana de solo 50 euros durante los primeros seis meses, 125 en el semestre siguiente y 175 euros ya pasado el primer año de vida de la aventura empresarial del nuevo autónomo. En un principio, esta medida estaba orientada a los nuevos autónomos menores de 30 años, pero finalmente sale del Congreso con una aplicación para todos los autónomos, lo que le supone a cada uno de ellos un ahorro de unos 2.400 euros.

Para las personas que sufren discapacidades un 33 por ciento de minusvalía también se instaura una tarifa plana de cotización de 125 euros al mes durante 4 años y medio, a pagar después del medio año en que, como al resto, se le aplica una cotización de 50 euros.

Además de las cuotas reducidas durante el primer año, cuando más difícil es poner en marcha y rentabilizar una actividad por cuenta propia, el autónomo no tendrá que declarar el IVA de las facturas que ni siquiera ha cobrado, un adelanto que supone al colectivo 1.000 millones de euros cada año.

Cambio de base de cotización autónomos.

El próximo día 31 de Octubre finaliza el plazo para solicitar voluntariamente el cambio de base de cotización, con efectos del día 1 de Enero de 2014, para los trabajadores por cuenta propia o autónomos, que estén interesados en el aumento de sus cotizaciones a la Seguridad Social con la finalidad de incrementar sus futuras pensiones de jubilación o posibles prestaciones que se devenguen con anterioridad.

Si es usted menor de 48 años puede optar por cualquiera de las bases contempladas en las normas de cotización a la Seguridad Social para el año 2.013, siendo los márgenes de elección y las cuotas resultantes los que a continuación se indican:

 

CUOTA A INGRESAR

Base mínima: 858,60 €

256,72 €

Base máxima: 3425,70 €

1024,28 €

 

Igual elección podrán efectuar los trabajadores que en esa fecha tengan una edad de 47 años y su base de cotización en el mes de diciembre de 2012 haya sido igual o superior a 1.870,50 euros mensuales o causen alta en este Régimen Especial con posterioridad a esta fecha.

Si usted a fecha 1 de enero de 2013, tiene 47 años de edad, si su base de cotización fuera inferior a 1.870,50 euros mensuales no podrán elegir una base de cuantía superior a 1.888,80 euros mensuales, salvo que ejerciten su opción en tal sentido antes del 30 de junio de 2013, produciendo efectos a partir del 1 de julio del mismo año.

Si usted a fecha 1 de enero de 2013, tiene cumplida la edad de 48 o más años, la base de cotización estará comprendida entre las cuantías de 925,80 y 1.888,80 euros mensuales.

Si usted a fecha 1 de enero de 2011, tiene 48 ó 49 años de edad y su base de cotización fuera superior a 1.870,50 euros mensuales podrán optar por una base de cotización comprendida entre 858,60 euros mensuales y el importe de aquélla incrementado en un 1 por ciento, pudiendo optar, en caso de no alcanzarse, por una base de hasta 1.888,80 euros mensuales.

Si es usted mayor de 50 años con 5 o más años cotizados:

a) Si la última base de cotización es inferior o igual a 1.870,50 euros, se habrá de cotizar por una base comprendida entre 858,60 y 1.888,80 euros/mensuales.

b) Si la última base de cotización es superior a 1.870,50 euros, se habrá de cotizar por una base comprendida entre 858,60 euros mensuales, y el importe de aquélla incrementado en un 1 por ciento, pudiendo optar, en caso de no alcanzarse, por una base de hasta 1.888,80 euros mensuales.

Pago con tarjetas de deuda en vía ejecutiva.

La Seguridad Social podrá realizar en cualquier momento y sin previo aviso las modificaciones técnicas que considere convenientes para la optimización de este medio de pago en aras de un mejor servicio.

La Seguridad Social podrá cancelar el servicio de pago con tarjeta de debito o de crédito temporalmente. En caso de cierre temporal de este servicio, se avisará del mismo en la página web de la Seguridad Social, y posterior enlace con la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS). Este aviso de cierre se podrá efectuar con posterioridad a la fecha en que el mismo se haya producido, sin que se pueda invocar dicha cancelación para justificar el incumplimiento de la obligación de pago por el sujeto responsable.

Si existiesen problemas de conexión o funcionamiento del sitio web que impidiesen el pago con tarjeta de debito o de crédito, deberá utilizarse cualquier otro de los medios de pago existentes para abonar las deudas contraídas con la Seguridad Social en vía ejecutiva, que son los siguientes: en efectivo en las dependencias de la entidad financiera, por cheque que reina las condiciones establecidas en el vigente Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social o por transferencia a la cuenta restringida para ingresos por recaudación ejecutiva de la Unidad de Recaudación Ejecutiva competente en la tramitación del expediente o providencia de apremio.

Cuando la SEDESS o este medio de pago queden fuera de servicio por cualquier razón técnica o de otra naturaleza se deberá realizar el pago por alguno de los otros medios de pago señalados, no pudiendo alegarse en ningún caso para el incumplimiento de la obligación de pago el mal funcionamiento del sistema o que este se encuentra fuera de servicio.

El pago de las deudas contraídas con la Seguridad Social mediante la utilización de tarjeta de crédito o debito solo podrá realizarse desde la SEDESS. En ningún caso, podrá realizar el pago de la deuda con la Seguridad Social a través de tarjeta de debito o crédito por otro medio o sitio distinto de la SEDESS.

Los pagos realizados a órganos o personas no legitimadas para recibirlos no liberaran en ningún caso al deudor de su obligación de pago, sin perjuicio de las responsabilidades de todo orden en que incurra el perceptor no autorizado.

La Administración de la Seguridad Social no asumirá responsabilidad alguna en los casos de usurpación de la función recaudatoria.

El control y la seguridad de los datos suministrados se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

La utilización de este servicio es totalmente gratuita para el usuario. Los pagos de la deuda en vía ejecutiva de la Seguridad Social realizados con tarjeta de debito o de crédito NO generaran ningún tipo de comisión, ni cargo añadido alguno por la utilización de este servicio.

Los interesados pueden encontrar más información sobre este servicio en la página http://www.seg-social.es/

Los mayores.coac no descansan.

Después del breve paréntesis veraniego, el pasado martes 10 de septiembre el grupo disfrutamos de una estupenda jornada matutina.

actividades mayores > (81) MAYORES COAC 006.jpgPrimero un corto viaje hasta El Palmar, para allí reponer fuerzas con una degustación de «all i pebre» y unos buenos bocadillos al gusto.

A continuación la travesía del lago de la Albufera hasta el puerto de Catarroja. Dicha travesía, efectuada bajo un sol generoso y un vientecillo agradable, estuvo amenizada por vuelos de patos, garzas reales, garcetas, gaviotas y hasta un martín pescador, además de los saltos de peces que parecían querer saludarnos.

actividades mayores > (81) MAYORES COAC 021.jpgLos barqueros nos informaron de las características actuales del lago y de su evolución en los últimos años, pasando desde la agonía de los años setenta a la lenta recuperación actual.

Y al llegar a Catarroja tuvimos la satisfacción de escuchar las explicaciones del señor Carrión, el arquitecto que diseñó hace unos cuarenta años las últimas barracas, hoy convertidas en museo etnológico.

actividades mayores > (81) MAYORES COAC 023.jpgDurante el viaje de vuelta a Valencia, Vicente R. Calatayud nos habló de su intención de que para octubre vayamos a visitar la ciudad de Novelda, con sus casas modernistas, el museo Azorín, etc. despertando el interés de la concurrencia que ya se querían apuntar a ese próximo evento.

VICENTE VIGUER ESPERT

Decreto Ley 4/2013, de 2 de agosto del Consell, por el que se establecen medidas urgentes para la reducción del déficit público y la lucha contra el fraude fiscal en la Comunitat Valenciana, así como otras medidas en materia de ordenación del juego.

Se ha publicado en el DOCV del pasado 6 de agosto, el Decreto Ley 4/2013, de 2 de agosto del Consell, por el que se establecen medidas urgentes para la reducción del déficit público y la lucha contra el fraude fiscal en la Comunitat Valenciana, así como otras medidas en materia de ordenación del juego. 

El Decreto incluye medidas fiscales (modificación de la regulación autonómica de los impuestos sobre sucesiones y donaciones y sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados), y la liberalización de determinadas actividades de juego (exclusión del régimen de autorizaciones a las máquinas recreativas de tipo A de juego en las que no existe premio económico para el jugador, y a las combinaciones aleatorias con fines publicitarios en las que que la participación del público es gratuita). 

Modificaciones de interés del Impuesto sobre sucesiones y donaciones

  • Bonificaciones en la cuota – Modificaciones: 
- Disminución de la bonificación autonómica del 99 al 75 %, y sólo para los bienes y derechos declarados. 
- Disminución sobre el límite máximo sobre el que se puede aplicar la bonificación de 420.000 a 150.000 €, en las adquisiciones inter vivos efectuadas por los padres, adoptantes, hijos o adoptados del donante, siempre que tengan un patrimonio preexistente de hasta 2.000.000 de €.
  • Transmisiones mortis causa – Modificación de las reducciones aplicables para el cálculo de la base liquidable del impuesto: 
- Aumento de las reducciones de 40.000 a 100.000 €, así como el límite máximo establecido para los menores de 21 años, de 96.000 a 156.000 €. Consecuentemente, las herencias por descendientes, ascendientes y cónyuge, de hasta 100.000 € (o de hasta 156.000 €, en caso de menores de 21 años), no pagarán nada por el Impuesto. 
- Nueva reducción en las herencias de vivienda habitual, del 95 % del valor de la vivienda (máximo 150.000 € para cada sujeto pasivo), siempre que los herederos sean el cónyuge, sus ascendientes o descendientes, o bien pariente colateral mayor de 65 años que hubiese convivido con el fallecido durante los 2 años anteriores al fallecimiento, y siempre que la adquisición se mantenga durante los 5 años siguientes.
  • Transmisiones intervivos – Modificación de las reducciones aplicables para el cálculo de la base liquidable del impuesto: 
- Se aumentan las reducciones de 40.000 a 100.000 €, así como el límite máximo establecido para los menores de 21 años, de 96.000 a 156.000 €. Consecuentemente, las herencias hasta 100.000 € (o de hasta 156.000 €, en caso de menores de 21 años), por descendientes y ascendientes que tengan un patrimonio preexistente de hasta 2.000.000 de € , no pagarán nada por el Impuesto.

Modificaciones de interés del Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados

  • Adquisiciones de inmuebles: 
- Se aumenta el tipo de gravamen del 8 al 10 %. 
- Se exceptúa con un 8 %, las VPO de régimen general y las adquiridas por jóvenes <35 años que vayan a constituir su 1ª vivienda habitual, las incluidas en la transmisión de la totalidad de un patrimonio empresarial o profesional que cumplan los requisitos especificados en la normativa, y las adquiridas por jóvenes <35 años que sean empresarios o profesionales o por sociedades participadas directamente en su integridad por jóvenes <35 años, siempre que cumplan los requisitos especificados en la normativa.
  • Adquisición bienes muebles o semovientes: 
- Se aumenta el tipo de gravamen del 4 al 6 %. 
- Se exceptúan con un 8 % los automóviles tipo turismo, vehículos todoterreno, motocicletas y ciclomotores de hasta 12 años y cilindrada > 2.000 cm3, o con valor igual o superior a 20.000 €, las embarcaciones de recreo con más de 8 metros de eslora o con valor igual o superior a 20.000 €, y los objetos de arte y las antigüedades. 
- Se exceptúan con una cuota fija (entre 10 y 140 €), los automóviles tipo turismo, vehículos todoterreno, motocicletas y ciclomotores, de menos de 20.000 € y de más de 12 años, excluidos los que hayan sido calificados como vehículos históricos, así como la adquisición de valores que tributará según su normativa
  • Actos jurídicos documentados, se aumenta el tipo de gravamen del 1,2 al 1,5 %.

Normativa 
Decreto Ley 4/2013, de 2 de agosto, del Consell, por el que se establecen medidas urgentes para la reducción del déficit público y la lucha contra el fraude fiscal en la Comunitat Valenciana, así como otras medidas en materia de ordenación del juego (DOCV 6/8/2013)

IBERFLORA – VEGETAL WORLD 2013, VALENCIA

BILATERAL MEETINGS, 2 – 3 – 4 OCTUBRE

El Colegio Oficial de Agentes Comerciales de Valencia, COACValencia, como socio colaborador de GIES-ARVET, informa a todos los Agentes relacionados con los Sectores que comprenden las Ferias de Iberflora y Vegetal World (Flores y plantas, Jardinería, biotecnología, cultivos, semillas, fertilizantes, irrigación, etc.), de la importancia de darse de alta en la plataforma on-line de GIES-ARVET.

Por medio de esta plataforma on – line, podrás prepararte una agenda de entrevistas con las empresas del sector, que te interese contactar, con el fin de poder representarlas o vender sus productos.

GIES-ARVET (www.arvet.es) es una Asociación empresarial multisectorial que colabora en la organización de los Encuentros Empresariales de Innovación, Producción y Tecnología en las Ferias VEGETAL WORLD e IBERFLORA 2013 (2 – 4 octubre), en FERIA VALENCIA (www.feriavalencia.com).

En este evento se van a dar cita empresas internacionales de tecnología, producción e innovación agraria (biotecnología y semillas, cultivos alternativos, obtentores, producción ecológica, fertilizantes, irrigación, etc.).

¡La participación, al ser Agente Comercial Colegiado, es totalmente gratuita!

Los participantes pueden registrarse directamente a través de la siguiente página web:

http://www.b2match.eu/vegetalworldiberflora

Si necesita más información, puedes descargar el siguiente FOLLETO. o contactar directamente con: smata@arvet.es / jtronch@arvet.es

PLATAFORMA DE FORMACIÓN ON-LINE DE COAC VALENCIA

El Colegio Oficial de Agentes Comerciales de Valencia (COACVALENCIA) incorpora a su oferta formativa las herramientas más modernas de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación (TIC), tanto para servir de apoyo en la formación  presencial, como en los Cursos impartidos a distancia, o en los semipresenciales.

Vivimos en una sociedad cada vez más competitiva y exigente, y donde, para conseguir una representada, se nos exige una preparación muy específica y cualificada.

Coac Valencia ha desarrollado, con la colaboración de Auda Consultores,  su propia plataforma e-learning que puede ser utilizada por todos los Colegiados. Esta plataforma se empleará tanto para la enseñanza on-line, como para el apoyo a la formación presencial y semipresencial.

De esta forma, todos los Colegiados pueden obtener una formación de alto nivel, con la comodidad y economía que permite la formación a través de Internet, evitando los desplazamientos y obteniendo el nivel adecuado de formación.

El e-learning o enseñanza a través de Internet está siendo, cada vez más, el sistema de estudio-aprendizaje preferido por los alumnos en todo el mundo ya que permite, sin desplazamientos ni horarios marcados, obtener una formación completa, disponiendo al instante de todos los materiales, y personalizada donde el estudiante elige sus propios periodos de estudio, siguiendo su ritmo de trabajo y asesorado por los tutores del curso.

Además, con este sistema no se encontrará aislado sino que dispondrá de un equipo de tutores con los que podrá contactar y que orientarán y controlarán su progreso en los estudios.

Aprovecha estos meses estivales, quizá con menos carga de trabajo, para aumentar tu formación y preparación.

Si quieres informarte de la oferta formativa que tenemos este año puedes dirigirte al teléfono +34 96 351 84 09 y preguntar por Ernesto Grau, al FAX +34 96 352 85 91 o al email formacion@coacvalencia.es 

Acceso a la Plataforma.

Visita del señor Tadeusz Lukasewicz, ex.delegado del IVEX en Varsovia.

En COACVALENCIA seguimos potenciando las relaciones internacionales en la búsqueda de nuevas oportunidades para nuestro colectivo.

Internacional > (73) 1 p visita Tadeusz.jpgEn ese marco hoy  17 de julio de 2013 mantuvimos una entrevista con el señor Tadeusz Lukasewicz, ex.delegado del IVEX en Varsovia, persona con amplios conocimientos de las industrias polacas y que está interesado en desarrollar sinergias y contactos entre empresas de aquel país y agentes comerciales.

Ha sido un primer encuentro exploratorio y positivo al que seguirán otros, de cuyos contenidos iremos informando en la Web a medida que se vayan concretando.

(pinchar aqui para ver foto más grande)