CEVISAMA 2022

Ante las noticias publicadas ayer en los medios que ponían en cuestión la celebración de CEVISAMA que, como sabes, está prevista del 13 al 17 de junio, hemos recibido un comunicado de CEVISAMA aclarándonos que la Feria en ningún caso ha sido desconvocada y sigue manteniendo su cita tal y como estaba prevista.

De hecho el prerregistro de visitantes, ha crecido un 25% con respecto a la edición de 2020 y están confirmadas la presencia de 300 grandes compradores de 45 países.

Ayer mismo, se reunió el Comité Organizador para analizar la situación generada por la crisis energética y su recrudecimiento, y cómo está afectando al sector cerámico, especialmente desde que se desatara el conflicto armado en Ucrania.

El Comité Organizador de CEVISAMA estará atento a la evolución de todo ello y como siempre apoyaran en todo a sus Clientes.

CORONAVIRUS: Medidas en materia de salud pública en el ámbito de la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada para la Covid-19

COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA

El día 21 de febrero de 2022 se ha publicado en el DOGV la RESOLUCIÓN de 21 de febrero de 2022, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerdan medidas en materia de salud pública en el ámbito de la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la covid-19.

MEDIDAS Y OBLIGACIONES GENERALES PARA LA CIUDADANÍA 

Uso obligatorio de mascarilla para personas mayores de 6 años:

– En cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público.

– En los eventos multitudinarios que tienen lugar en espacios al aire libre, cuando los asistentes estén de pie. Si están sentados, será obligatorio cuando no se pueda mantener una distancia de seguridad de al menos 1,5 metros entre personas, salvo grupos de convivientes.

– En los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús, metro o por ferrocarril, incluyendo los andenes y estaciones de viajeros, o en teleférico, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio. En espacios cerrados de buques y embarcaciones cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros, salvo grupos de convivientes.

No obligatorio:

– A las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla.

– En el caso de que, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.

– En aquellos lugares o espacios cerrados de uso público que formen parte del lugar de residencia de los colectivos que allí se reúnan, como son las instituciones para la atención de personas mayores o con diversidad funcional, las dependencias destinadas a residencia colectiva de trabajadores esenciales u otros colectivos que reúnan características similares, siempre y cuando dichos colectivos y los trabajadores que allí ejerzan sus funciones, tengan coberturas de vacunación contra el SARSCoV-2 superiores al 80 % con pauta completa y de la dosis de recuerdo, acreditado por la autoridad sanitaria competente. Sí será obligatorio el uso de la mascarilla para los visitantes externos, y para los trabajadores de los centros residenciales de personas mayores o con diversidad funcional.

– A los oradores que intervengan en lugares cerrados de uso público, durante el uso de la palabra, debiendo mantenerse, al menos, la distancia de seguridad interpersonal de 1´5m.

Medidas de prevención e higiene:

  1. a) Adoptar la siguiente etiqueta respiratoria: evitar toser directamente al aire, haciéndolo preferentemente en un pañuelo desechable o en el ángulo interno del codo.
  2. b) Higiene frecuente de manos con agua y jabón, o en su defecto, con geles hidroalcohólicos.
  3. c) Ventilación de los espacios interiores.
  4. d) Obligación de cumplir las indicaciones de aislamiento y cuarentena cuando así lo indiquen los dispositivos asistenciales o de salud pública, así como facilitar los datos que les sean requeridos en caso de brote epidémico.

Medidas relativas al consumo de tabaco y asimilados.

  1. a) No se podrá fumar en la vía pública, terrazas, playas u otros espacios al aire libre, cuando no se pueda respetar la distancia mínima interpersonal de, al menos, 2 metros. Asimismo, tampoco se permite fumar en las terrazas de los establecimientos que desarrollen actividades de hostelería, restauración y ocio y entretenimiento.
  2. b) Esta limitación será aplicable también para el uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados incluidos cigarrillos electrónicos o vapeo en espacios al aire libre o cerrados. Medidas relativas al consumo de tabaco y asimilados.

MEDIDAS Y OBLIGACIONES PARA ESTABLECIMIENTOS Y ACTIVIDADES EN GENERAL

Serán aplicables a todos los establecimientos, locales de negocio, instalaciones y espacios de uso público y actividades de carácter público.

  • Deberán asegurar en la medida de lo posible, que en la organización de la circulación de personas y la distribución de espacios se respete la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros.
  • La persona o entidad titular de la actividad económica ha de asegurar que se adoptan las medidas de prevención en dichos establecimientos.
  • Las instalaciones deberán ventilarse a través de medios naturales o mecánicos, que permitan la renovación del aire en todas las dependencias interiores.
  • En los aseos, vestuarios, probadores, salas de lactancia o similares, por parte de la clientela, personal visitante o personas usuarias, se procurará mantener la debida distancia de seguridad de 1,5 metros.

MEDIDAS RELATIVAS A ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN Y ESTABLECIMIENTOS Y ACTIVIDADES DE OCIO Y ENTRETENIMIENTO

  • El uso de mascarilla en el interior del local será necesario cuando no se esté consumiendo.
  • Se permite el uso de la barra para el consumo siempre que sea manteniendo la distancia interpersonal de seguridad.
  • El baile se realizará con uso obligatorio de mascarilla, sin posibilidad de consumo de alimentos y bebida durante el mismo.
  • Se permiten las actuaciones profesionales de grupos musicales y disc jockey, asegurando ventilación suficiente y una distancia de seguridad de, al menos, 2 metros entre músicos y público, en el caso de cantantes e instrumentos de viento, así como karaokes con uso obligatorio de mascarilla.
  • No está permitido fumar, ni en interiores ni en terrazas.

MEDIDAS RELATIVAS A CENTROS DE PERSONAS MAYORES Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Se estará a lo dispuesto en la ordenación que realice la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas.

MEDIDAS DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA

Todos los centros, servicios y establecimientos sanitarios de la Comunitat Valenciana, tanto de titularidad pública como privada, deberán notificar los casos detectados de covid-19 a la Dirección General de Salud Pública y Adicciones, a través del Sistema Básico de la Red Valenciana de Vigilancia en Salud Pública.

Los laboratorios privados de la Comunitat Valenciana que realicen pruebas diagnósticas para la detección de covid-19, tendrán la obligación de estar registrados en la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, y de notificar a la Red de Vigilancia Microbiológica de la Comunitat Valenciana los resultados de dichas pruebas.

Efectos: a partir del día 21 de febrero de 2022.

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RRLL CEV: RD-ley 2/2022 por el que se adoptan medidas urgentes para la protección de los trabajadores autónomos para la transición hacia los mecanismos estructurales de defensa del empleo

COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA

Se ha publicado en el BOE, el Real Decreto-ley 2/2022, de 22 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes para la protección de los trabajadores autónomos, para la transición hacia los mecanismos estructurales de defensa del empleo, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica.

Medidas Laborales

Artículo 1. Exención de la obligación de cotizar a favor de los trabajadores autónomos que hayan percibido alguna modalidad de prestación por cese de actividad al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre, de medidas urgentes para la protección del empleo, la recuperación económica y la mejora del mercado de trabajo.

Los autónomos que a 28 de febrero de 2022 estuvieran percibiendo alguna de las prestaciones por cese de actividad del art. 10 y 11 del RDL 18/2021, tendrán derecho, a partir del 1 de marzo y hasta el 30 de junio de 2022, a una exención de la obligación de cotizar a la Seguridad Social y para la formación profesional:

  • 90% de las cotizaciones correspondientes a marzo de 2022
  • 75% de las cotizaciones correspondientes a abril de 2022
  • 50% de las cotizaciones correspondientes a mayo de 2022
  • 25% de las cotizaciones correspondientes a junio de 2022

Esta exención es incompatible con la percepción de la prestación por cese de actividad, y será asumida por las mutuas y el ISM, en su caso.

Artículo 2. Prestación extraordinaria por cese de actividad para los trabajadores autónomos afectados por una suspensión temporal de toda la actividad como consecuencia de una resolución de la autoridad competente como medida de contención de la propagación de la COVID-19.

A partir del 1 de marzo de 2022, los trabajadores autónomos que se vean obligados a suspender todas sus actividades como consecuencia de una resolución adoptada por la autoridad competente como medida de contención en la propagación del virus COVID-19, o mantengan por los mismos motivos la suspensión de su actividad iniciada con anterioridad a la fecha indicada, tendrán derecho a una prestación económica por cese de actividad de naturaleza extraordinaria.

Cuantía: 70% de la base mínima de cotización que corresponda. Cuando convivan en un mismo domicilio personas unidas por vínculo familiar o unidad análoga de convivencia hasta el primer grado de parentesco por consanguinidad o afinidad, y dos o más miembros tengan derecho a esta prestación extraordinaria por cese de actividad, la cuantía de cada una de las prestaciones será del 40%.

Durante el tiempo que permanezca la actividad suspendida se mantendrá el alta en el régimen especial correspondiente quedando el trabajador autónomo exonerado de la obligación de cotizar, desde que se adopte la medida de cierre de actividad y hasta el último día del mes siguiente al que se levante la medida o hasta el 30 de junio, máximo.

Solicitud de la prestación: dentro de los 21 días naturales siguientes a la entrada en vigor de la resolución del cierre de actividad, o antes del 21 de marzo cuando la suspensión sea anterior al 1 de marzo de 2022.

Disposición adicional primera. Transición a los nuevos expedientes de regulación temporal de empleo de los artículos 47 y 47 bis del Estatuto de los Trabajadores.

Prórroga automática de los ERTES del art. 1, art. 2 y 5.1. del RDL 18/2021 que estuvieran vigentes, hasta 31 de marzo de 2022.

Prórroga de las medidas de protección por desempleo del art. 7 del RDL 18/2021, hasta 31 de marzo de 2022.

Exenciones en la cotización a la Seguridad Social del art.4 del RDL 18/2021 durante el mes de marzo. Particularidades:

a) En los supuestos regulados en los apartados 1.a) 1.º y 3: 20% de exención.

b) En los supuestos regulados en los apartados 1.a) 2.º y 3: 60% de exención.

c) En los supuestos regulados en los apartados 1.b) 1.º y 3: 30% de exención.

d) En los supuestos regulados en los apartados 1.b) 2.º y 3: 60% de exención.

e) En los supuestos regulados en el apartado 2: 90% de exención. 

Disposición adicional tercera. Prórroga de la vigencia del Plan MECUIDA y de las prestaciones y subsidios previstos en los artículos 2, 3 y 4 del Real Decreto-ley 32/2020, de 3 de noviembre, por el que se aprueban medidas sociales complementarias para la protección por desempleo y de apoyo al sector cultural.

Prórroga hasta 30 de junio 2022

Disposición adicional sexta. Reducción de la jornada de trabajo por cuidado de hijos o personas sujetas a guarda con fines de adopción o acogida con carácter permanente por cáncer u otra enfermedad grave extinguida por cumplimiento de 18 años de edad.

Si el hijo enfermo hubiera cumplido 18 años antes del 1 de enero de 2022, podrán solicitar la reducción de la jornada hasta que cumpla, como máximo, 23 años.

Entrada en vigor: el 24 de febrero de 2022.

El Colegio en Babykid Spain + FIMI

Un año más el Colegio de Agentes Comerciales de Valencia, ha estado presente en BABYKID+FIMI. Este año hay que destacar la gran afluencia de Colegiados y Empresas que han pasado por nuestro stand.

Para nuestro Colegio es una satisfacción ver como la II edición de BABYKID+FIMI en Feria Valencia ha superado todas las expectativas previstas, con más de 3.600 registros de puntos de venta, procedentes de más de 40 países.

Para más información haz clic en este enlace:

BABYKID SPAIN+FIMI clausura con éxito de Visitantes la edición del reencuentro del sector

Novedades 21 Febrero 2022 (OFYDES)

AYUDAS, SUBVENCIONES

AYUDAS PROGRAMA «XPANDE DIGITAL 2022», (DOGV.NÚM. 9279 DE 16 DE FEBRERO).
Extracto de la convocatoria de 11 de febrero de 2022, de la Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de València, de ayudas programa «Xpande Digital 2022». Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Valencia.
Resultado DOGV – Generalitat Valenciana (gva.es)

AYUDAS PROGRAMA «XPANDE», (DOGV.NÚM. 9279 DE 16 DE FEBRERO).
Extracto de la convocatoria de 11 de febrero de 2022, de la Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de València, de ayudas programa «Xpande» 2022. Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Valencia.
Resultado DOGV – Generalitat Valenciana (gva.es)

AYUDAS DESTINADAS A LA PROMOCIÓN DE LA ECONOMÍA SOSTENIBLE, (DOGV.NÚM. 9280 DE 17 DE FEBRERO).
Orden 2/2022, de 8 de febrero, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, de modificación de la Orden 2/2017, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a la promoción de la economía sostenible. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Resultado DOGV – Generalitat Valenciana (gva.es)

AYUDAS DEL PROGRAMA «INDUSTRIA 4.0 2022 – CÁMARA VALÈNCIA», (DOGV.NÚM. 9280 DE 17 DE FEBRERO).
Extracto de la convocatoria de 14 de febrero de 2022, de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios Navegación de València, de ayudas del programa «Industria 4.0 2022 – Cámara València».
Resultado DOGV – Generalitat Valenciana (gva.es)

AYUDAS DEL PROGRAMA «COMPETITIVIDAD TURÍSTICA 2022 – CÁMARA VALÈNCIA»., (DOGV.NÚM. 9280 DE 17 DE FEBRERO).
Extracto de la convocatoria de 14 de febrero de 2022, de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de València, de ayudas del programa «Competitividad Turística 2022 – Cámara València».
Resultado DOGV – Generalitat Valenciana (gva.es)

AYUDAS CIBERSEGURIDAD 2022 – CÁMARA VALÈNCIA, (DOGV.NÚM. 9280 DE 17 DE FEBRERO).
Extracto de la convocatoria de 14 de febrero de 2022, de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de València, de ayudas Ciberseguridad 2022 – Cámara València.
Resultado DOGV – Generalitat Valenciana (gva.es)

APOYO A AGRUPACIONES EMPRESARIALES INNOVADORAS CON OBJETO DE MEJORAR LA COMPETITIVIDAD DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS, (BOE.NÚM. 42 DE 18 DE FEBRERO).
Extracto de la Orden de 16 de febrero de 2022 por la que convocan las ayudas establecidas para el apoyo a agrupaciones empresariales innovadoras con objeto de mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas, correspondientes al año 2022. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
BOE.es – BOE-B-2022-4768 Extracto de la Orden de 16 de febrero de 2022 por la que convocan las ayudas establecidas para el apoyo a agrupaciones empresariales innovadoras con objeto de mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas, correspondientes al año 2022.

INSERCIÓN DE PERSONAS CON DIVERSIDAD FUNCIONAL O DISCAPACIDAD EN CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO PARA EL EJERCICIO 2022, (DOGV.NÚM. 9282 DE 21 DE FEBRERO).
Resolución de 15 de febrero de 2022, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan las subvenciones públicas destinadas a la creación o el mantenimiento de las unidades de apoyo a la actividad profesional, como medida de fomento del empleo para la inserción de personas con diversidad funcional o discapacidad en centros especiales de empleo para el ejercicio 2022. LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación.
Resultado DOGV – Generalitat Valenciana (gva.es)

Extracto de la Resolución de 15 de febrero de 2022, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan las subvenciones públicas destinadas a la creación o el mantenimiento de las unidades de apoyo a la actividad profesional, como medida de fomento del empleo para la inserción de personas con diversidad funcional o discapacidad en centros especiales de empleo, para el ejercicio 2022.
Resultado DOGV – Generalitat Valenciana (gva.es)

Novedades 14 Febrero 2022 (OFYDES)

LEGISLACION

NUEVA REDACCIÓN AL PUNTO 3 DEL PUNTO RESOLUTIVO PRIMERO SOBRE «USO DE MASCARILLA», (DOGV.NÚM. 9276BIS DE 11 DE FEBRERO).
Resolución de 10 de febrero de 2022, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se da nueva redacción al punto 3 del punto resolutivo primero sobre «Uso de mascarilla» de la Resolución de 8 de octubre de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerdan medidas en materia de salud pública en el ámbito de la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la covid-19. Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.
Resultado DOGV – Generalitat Valenciana (gva.es)

MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES DE LA CITA PREVIA PARA LOS SERVICIOS DE ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA EN LA ADMINISTRACIÓN DE LA GENERALITAT, (DOGV.NÚM. 9276BIS DE 11 DE FEBRERO).
Acuerdo de 4 de febrero de 2020, del Consell, de modificación de las condiciones de la cita previa para los servicios de atención a la ciudadanía en la Administración de la Generalitat establecidas como consecuencia de la covid-19. Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática.
Resultado DOGV – Generalitat Valenciana (gva.es)

MODIFICAN LOS CRITERIOS PARA LA APLICACIÓN DE UNA RESTRICCIÓN TEMPORAL DE VIAJES NO IMPRESCINDIBLES.COVID-19, (BOE.NÚM. 36 DE 11 DE FEBRERO).
Orden INT/85/2022, de 10 de febrero, por la que se modifica la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. Ministerio de Interior.
BOE.es – BOE-A-2022-2176 Orden INT/85/2022, de 10 de febrero, por la que se modifica la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

CERTIFICACIÓN ACREDITATIVA. TRAMO AUTONÓMICO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS Y RESTANTES TRIBUTOS CEDIDOS, SOBRE DEDUCCIONES POR INVERSIONES EN INSTALACIONES DE AUTOCONSUMO O DE ENERGÍAS RENOVABLES EN VIVIENDAS, (DOGV.NÚM. 9277 DE 14 DE FEBRERO).
Resolución de 8 de febrero de 2022, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se establecen los requisitos y procedimiento para la obtención de la certificación acreditativa del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo cuarto, apartado uno, letra o, de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de la Generalitat, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos, sobre deducciones por inversiones en instalaciones de autoconsumo o de energías renovables en viviendas. IVACE.
Resultado DOGV – Generalitat Valenciana (gva.es)

HACIENDA

CORRECCIÓN ERRORES. MEDIDAS DE LUCHA CONTRA EL TRÁFICO ILÍCITO DE PERSONAS Y MERCANCÍAS EN RELACIÓN A LAS EMBARCACIONES UTILIZADAS. EL SISTEMA DE REGISTROS ADMINISTRATIVOS DE APOYO A LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, (BOE.NÚM. 36 DE 11 DE FEBRERO).
Corrección de errores del Real Decreto 807/2021, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de control de las embarcaciones neumáticas y semirrígidas a las que se refieren las letras f), g), h) e i) del apartado 3 del artículo único del Real Decreto-ley 16/2018, de 26 de octubre, por el que se adoptan determinadas medidas de lucha contra el tráfico ilícito de personas y mercancías en relación a las embarcaciones utilizadas, y por el que se modifica el Real Decreto 95/2009, de 6 de febrero, por el que se regula el Sistema de registros administrativos de apoyo a la Administración de justicia. Ministerio de Hacienda y Función Pública.
BOE.es – BOE-A-2022-2175 Corrección de errores del Real Decreto 807/2021, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de control de las embarcaciones neumáticas y semirrígidas a las que se refieren las letras f), g), h) e i) del apartado 3 del artículo único del Real Decreto-ley 16/2018, de 26 de octubre, por el que se adoptan determinadas medidas de lucha contra el tráfico ilícito de personas y mercancías en relación a las embarcaciones utilizadas, y por el que se modifica el Real Decreto 95/2009, de 6 de febrero, por el que se regula el Sistema de registros administrativos de apoyo a la Administración de Justicia.

AYUDAS, SUBVENCIONES

SUBVENCIONES A EMPRESAS PARA PROYECTOS DE I+D Y DE INNOVACIÓN PARA EL EJERCICIO 2021, (DOGV.NÚM. 9277 DE 14 DE FEBRERO).
Resolución de 8 de febrero de 2022, de la Dirección General del IVACE, por la que se acuerda modificar los plazos de ejecución, validez de justificantes de gasto y pago y de justificación de los proyectos aprobados en el marco de la Resolución de 4 de febrero de 2021, del presidente del IVACE, por la que se convocan subvenciones a empresas para proyectos de I+D y de innovación para el ejercicio 2021, con cofinanciación de la UE a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional. IVACE.
Resultado DOGV – Generalitat Valenciana (gva.es)

Extracto de la Resolución de 8 de febrero de 2022, de la Dirección General del IVACE, por la que se acuerda modificar los plazos de ejecución, validez de justificantes de gasto y pago y de justificación de los proyectos aprobados en el marco de la Resolución de 4 de febrero de 2021, del presidente del IVACE, por la que se convocan subvenciones a empresas para proyectos de I+D y de innovación para el ejercicio 2021, con cofinanciación de la UE a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
Resultado DOGV – Generalitat Valenciana (gva.es)