Mayores

Palabras de Vicente Calatayud

Estímulo  paciente, en acción constante.

El món no s’acaba en una mala temporada. Ni nosotros dejamos de evolucionar cada día. Somos río, siempre agua, pero distinta cada nueva ola. Tenemos los Mayores del Colegio unas características que nos definen y obligan. De bona rabassa, millor tronc i verdes fulles. Nuestras potencialidades, hoy jubilados, están bajo tierra, invisibles, pero vitalizando el mejor cuerpo social del comercio. Ejemplo de constancia y prudencia, tras una larga vida de servicio y sin abdicar de nuestro espíritu.

Guardo memoria por los testimonios de viejos fundadores del Colegio, recogidas en boca de Pérez Requena, Salvador Ibarra, Durán i Tortajada…  a quienes su quinta ya no alistó para el frente, pero sufrieron un cierre total por la guerra: dificultades profesionales, representadas sin producto y las comisiones en el aire… ellos no obstante nunca dejaron  de verse, contarse las penas i repartir-se un grapat de fesols un remijó d’arròs o  dos moniatos… quien podía cultivarlos en su huerto familiar. Y mantuvieron entera la esperanza. Vislumbraron la necesidad de organizarse para la paz. De este modo, abrió el Colegio, cuando empezó a moverse España. Sin medios,  juntos viajaban para ponerse a disposición de fabricantes y productores, organizaban turnos para que los cupos a precio de tasa, llegaran más repartidos a la clientela, de modo que el estraperlo se minimizara. La seriedad y honradez, que prestaba para lo justo, se vio escarnecida por oportunistas que presumían de puro y barrera en los toros, rifando partidas clandestinas al mejor postor. Pero conforme se normalizaba la fabricación y el comercio, el triunfo fue de quienes pensaron en las representadas y estuvieron al lado de sus clientes.

Estos tiempos difíciles pondrán a prueba a los verdaderos profesionales, la vocación social de servicio, con su evolución y mejora técnica, sigue gozando en el Colegio de su función aglutinadora y formadora, garante de profesionalidad y especialización, segura en su ejercicio. En momentos convulsos es difícil resaltar la ventaja de la colegiación y lo poco que cuesta estar colegiado. Nosotros, los Mayores, seguimos con estos principios: ser eje que comparte y vertebra  de por vida.

A poc que pugam nos tornarem a vore. 

Convocatoria pública AYUDAS para la ejecución de Proyectos singulares colectivos de transformación digital para el comercio y la artesanía promovidos por entidades públicas

La Cámara de Comercio de España, en colaboración con el Consejo de Cámaras de Comercio de la Comunitat Valenciana y la Generalitat Valenciana, ha publicado la Convocatoria pública en la Comunitat Valenciana para la concesión de ayudas para la ejecución de Proyectos singulares colectivos de transformación digital para el comercio y la artesanía, promovidos por terceras entidades.

Se trata de una convocatoria de AYUDAS PÚBLICAS destinadas a ejecutar proyectos colectivos dirigidos al impulso de la transformación digital de las pymes comerciales y artesanas. La ayuda pública de esta convocatoria procede de Fondos comunitarios FEDER regionales para el periodo 2019-2023 trasladados por la Generalitat Valenciana a la Cámara de Comercio de España para su gestión y financiación de operaciones que se inscriben en el Programa Operativo Plurirregional de España FEDER 2014-2020, aprobado por la Comisión Europea en la Decisión de ejecución de 12.2.2015, C (2015) 895 final.

ACTUACIONES FINACIABLES:

Las actuaciones financiables comprenden proyectos de inversión orientados a impulsar la transformación digital de las pymes comerciales y/o artesanía así como a fomentar la participación de los agentes públicos en la promoción y difusión de la digitalización de estas pymes. En concreto, se consideran actuaciones financiables a través de la presente convocatoria las siguientes:

  1. El desarrollo de plataformas online y marketplaces para el comercio electrónico.
  2. La incorporación de soluciones de comercio electrónico en mercados municipales y zonas de venta no sedentaria que se desarrollen en el espacio público.
  3. La sensorización e incorporación de tecnologías smart-city en zonas comerciales urbanas.
  4. La instalación infraestructura de acceso de alta velocidad en mercados y zonas comerciales urbanas.
  5. La incorporación de soluciones colectivas de Big Data, Business Intelligence o de tratamiento masivo de datos que apoyen la gestión y promoción de zonas comerciales urbanas o equipamientos comerciales.
  6. La incorporación de soluciones logísticas colectivas de “última milla” relacionadas con el comercio electrónico y la entrega a domicilio de mercancías.
  7. La ejecución de acciones innovadoras de promoción comercial y gestión de clientes basadas, específicamente, en el uso de las nuevas tecnologías, tales de como acciones de gamificación, uso de Iot, realidad aumentada, etc.
  8. La elaboración de estrategias colectivas de comercio electrónico y marketing digital.
  9. La puesta en marcha de servicios colectivos de acompañamiento y asesoramiento para la transformación digital dirigido a las pymes comerciales y artesanas.
  10. Proyectos que aborden la incorporación de nuevas tecnologías digitales en el punto de venta o taller artesano.
  11. Actuaciones dirigidas al desarrollo y aceleración de soluciones de digitalización para el sector comercial y artesano desde el ecosistema emprendedor, siempre que incorporen su aplicación directa a un colectivo de pymes.
  12. Puesta en marcha y desarrollo de las estructuras de coordinación y gestión desde la que los agentes públicos puedan impulsar la digitalización de las pymes del comercio y la artesanía.
  13. Proyectos colectivos que aborden la digitalización del comercio y la artesanía en el ámbito rural.
  14. Elaboración de planes estratégicos, estudios de viabilidad y de prospectiva en relación a la digitalización y tecnologías aplicadas al comercio minorista y /o sector artesano.

BENEFICIARIOS:

Los beneficiarios de las ayudas podrán ser:

  1. Diputaciones provinciales.
  2. Ayuntamientos.
  3. Entidades locales menores, áreas metropolitanas y mancomunidades de municipios, así como otras entidades locales territoriales y agrupaciones de municipios recogidos en la normativa de régimen local estatal y autonómica.
  4. Empresas, corporaciones, sociedades mercantiles, organismos autónomos, entidades empresariales o fundaciones, centros e institutos tecnológicos, organismos públicos, universidades, entidades e instituciones públicas sin ánimo de lucro, dependientes o vinculadas a las administraciones públicas, consorcios, plataformas tecnológicas y agrupaciones de interés económico.
  5. Entidades gestoras de equipamientos comerciales públicos y/o zonas comerciales, tales como mercados municipales o de abastos, centros comerciales urbanos y centros comerciales abiertos.
  6. Otras formas asociativas similares de ámbito local o regional que cuenten con una articulación jurídica específica con capacidad para operar en este ámbito.

Cada solicitante solo podrá presentar una solicitud de ayuda. El importe de la ayuda, con carácter general, será del 50% sobre el importe máximo elegible aprobado (importe del proyecto sobre el que se aplica el porcentaje de ayuda). El porcentaje restante será aportado por los promotores de los proyectos y no puede provenir, en ningún caso, de fondos de la Unión Europea. La ayuda máxima concedida por proyecto no podrá ser superior a 60.000 €.

PLAZO DE PRESENTACIÓN:

El plazo para la presentación de solicitudes será desde el 18 de diciembre de 2020 a las 09:00 hasta el 4 de febrero de 2021 a las 14:00 horas.

MÁS INFORMACIÓN:

Las bases por la que se regula esta convocatoria se pueden consultar en https://sede.camara.es/sede/tramites/TR0000003174

 

 

INFORMACIÓN AEAT – Orden HAC/5/2021, de 13 de enero, por la que se extiende el plazo de domiciliación

INFORMACIÓN AEAT-  Orden HAC/5/2021, de 13 de enero, por la que se extiende el plazo de domiciliación

En el BOE de hoy se ha publicado la Orden HAC/5/2021, de 13 de enero, por la que se extiende el plazo de domiciliación correspondiente a la presentación de determinadas declaraciones y autoliquidaciones tributarias.

https://www.boe.es/boe/dias/2021/01/14/pdfs/BOE-A-2021-518.pdf

Artículo único. Extensión del plazo para la presentación de las declaraciones y autoliquidaciones con orden de domiciliación.

En el ámbito de las competencias de la Administración tributaria del Estado, los plazos de presentación de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias cuyos plazos generales de presentación telemática de autoliquidaciones con domiciliación de pago sean hasta el 15 de enero de 2021, se amplían excepcionalmente hasta las 15:00 del día 18 de enero de 2021, siempre que el contribuyente que efectúe la presentación se haya visto afectado por los efectos de la borrasca «Filomena».

Dichas declaraciones y autoliquidaciones serán las señaladas en el anexo II de la Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, por la que se establecen el procedimiento y las condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas a través de cuentas abiertas en las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, el plazo de ingreso de las autoliquidaciones no experimenta modificación, por lo que el adeudo del importe domiciliado en la cuenta del obligado tributario deberá efectuarse el día 20 de enero de 2021 o el inmediato hábil posterior si el 20 fuese inhábil.

Un saludo,

Coordinación Delegación Especial AEAT Valencia

Presupuestos Generales del Estado para el año 2021. Medidas sociolaborales.

COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA

El día 31 de diciembre de 2020 se ha publicado en el BOE, la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021. 

A continuación, se relacionan las medidas sociolaborales más relevantes:

ÁMBITO LABORAL

TÍTULO VIII Cotizaciones Sociales

Bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional durante el año 2021.

– Base máxima de cotización: 4.070,10€ mensuales o 135,67€ diarios

– Base mínima de cotización:  aumentará en el mismo porcentaje que lo haga el salario mínimo interprofesional.

Tipos de cotización:

  • Contingencias comunes 28,30%: 23,60% a cargo de la empresa y 4,70% a cargo del trabajador.
  • Contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales: se aplicarán los porcentajes de la tarifa de primas incluida en la disposición adicional cuarta de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007, siendo las primas resultantes a cargo exclusivo de la empresa.

-Cotización adicional por horas extraordinarias:

  • Por fuerza mayor: 14% (12% la empresa y 2% el trabajador)
  • Las no realizadas por fuerza mayor: 28,30% (23,60% la empresa y 4,70% el trabajador)

Cotización en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos

  • Base máxima de cotización: 4.070,10€ mensuales
  • Base mínima de cotización: 944,40€ mensuales

-Base de cotización a la Seguridad Social durante la percepción de la prestación por desempleo de nivel contributivo y durante la percepción de la prestación por cese de actividad de los trabajadores autónomos:

  • Por desempleo por extinción de la relación laboral: será la base reguladora de la prestación por desempleo con respeto, en todo caso, del importe de la base mínima por contingencias comunes prevista para cada categoría profesional.
  • por desempleo por suspensión temporal de la relación laboral o por reducción temporal de jornada: será equivalente al promedio de las bases de los últimos seis meses de ocupación cotizada, por contingencias comunes y por contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Cotización por desempleo, Fondo de Garantía Salarial, formación profesional y cese de actividad de los trabajadores autónomos.

Bases:

  • Base de cotización para desempleo, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional en todos los Regímenes de la Seguridad Social: la correspondiente a las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
  • Base de cotización correspondiente a la protección por cese de actividad de los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos y de los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios: aquella por la que hayan optado los trabajadores.

Tipos:

  1. Contingencia de desempleo
  • Contratación indefinida: 7,05% (5.50% la empresa y 1,55 el trabajador)
  • Contratación de duración determinada: 8,30% (6,70% la empresa y 1,60% el trabajador)
  1. Cotización al Fondo de Garantía Salarial: 0,20% a cargo de la empresa.
  2. Cotización por formación profesional: 0,70% (0,60% la empresa y 0,10% el trabajador). Los Trabajadores Cuenta Propia o Autónomos será 0,10%
  3. Cotización por cese de actividad: Trabajadores Cuenta Propia o Autónomos y Trabajadores del Mar será 0,90%. Trabajadores Cuenta Propia Agrarios que se acojan voluntariamente a esta protección, el 2,2%.

Cotización en los contratos para la formación y el aprendizaje: se incrementarán desde el 1 de enero de 2021, respecto de las cuantías vigentes el 31 de diciembre de 2020, en el mismo porcentaje que aumente la base mínima el Régimen General de la Seguridad Social.

Disposición adicional cuadragésima. Promoción de fondos de pensiones públicos de empleo

En el plazo máximo de doce meses, el Gobierno presentará un proyecto de ley sobre fondos de pensiones públicos de empleo en el que se atribuya a la Administración General del Estado capacidad legal para su promoción.

Disposición adicional centésima vigésima primera. Determinación del indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM) para 2021

  • IPREM diario, 18,83 euros.
  • IPREM mensual, 564,90 euros.
  • IPREM anual, 6.778,80 euros.
  • En los supuestos en que la referencia al salario mínimo interprofesional ha sido sustituida por la referencia al IPREM, la cuantía anual del IPREM será de 7.908,60 euros cuando las correspondientes normas se refieran al salario mínimo interprofesional en cómputo anual, salvo que expresamente excluyeran las pagas extraordinarias; en este caso, la cuantía será de 6.778,80 euros.

Disposición adicional centésima vigésima segunda. Medidas de apoyo a la prolongación del periodo de actividad de los trabajadores con contratos fijos discontinuos en los sectores de turismo y comercio y hostelería vinculados a la actividad turística

Con efectos desde el 1 de enero de 2021 y vigencia indefinida, las empresas de estos sectores, que generen actividad productiva en los meses de febrero, marzo y noviembre de cada año y que inicien y/o mantengan en alta durante dichos meses la ocupación de los trabajadores con contratos de carácter fijo discontinuo, podrán aplicar una bonificación en dichos meses del 50% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, así como por los conceptos de recaudación conjunta de Desempleo, FOGASA y Formación Profesional de dichos trabajadores.

Disposición adicional centésima vigésima tercera. Bonificación en la cotización a la Seguridad Social en los supuestos de cambio de puesto de trabajo por riesgo durante el embarazo o durante la lactancia natural, así como en los supuestos de enfermedad profesional

Bonificación del 50% de la aportación empresarial en la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes

Disposición adicional centésima vigésima cuarta. Financiación de la formación profesional para el empleo.

Las empresas que cotizan por la contingencia de formación profesional dispondrán de un crédito para la formación de sus trabajadores que resultará de aplicar a la cuantía ingresada por la empresa en concepto de formación profesional durante el año 2020 el porcentaje de bonificación siguiente:

  1. a) Empresas de 6 a 9 trabajadores: 100%.
  2. b) De 10 a 49 trabajadores: 75%.
  3. c) De 50 a 249 trabajadores: 60%.
  4. d) De 250 o más trabajadores: 50%.

Las empresas de 1 a 5 trabajadores dispondrán de un crédito de bonificación por empresa de 420 euros, en lugar de un porcentaje.

Podrán beneficiarse de un crédito de formación empresas que durante el año 2021 abran nuevos centros de trabajo, así como las empresas de nueva creación, cuando incorporen a su plantilla nuevos trabajadores. El importe resultará de aplicar al número de trabajadores de nueva incorporación la cuantía de 65 euros.

Las empresas que durante el año 2021 concedan permisos individuales de formación a sus trabajadores dispondrán de un crédito de bonificaciones para formación adicional al crédito anual que les correspondería.

Disposición adicional centésima vigésima séptima. Suspensión del sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales por disminución de la siniestralidad laboral

Disposición final trigésima sexta. Modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

Se introduce un nuevo apartado 3 al art. 11 del Estatuto de los Trabajadores: Contrato para la formación dual universitaria

Se desarrollará reglamentariamente el sistema de impartición, y las características de la formación de los trabajadores en los centros universitarios y en las empresas, la financiación de la actividad formativa y la retribución del trabajador contratado.

La acción protectora de la Seguridad Social del trabajador contratado para la formación dual universitaria comprenderá todas las contingencias protegibles y prestaciones, incluido el desempleo. Asimismo, se tendrá derecho a la cobertura del Fondo de Garantía Salarial.

Se da nueva redacción al apartado 2 del artículo 33, relativo al Fondo de Garantía Salarial.

Disposición final trigésima octava. Modificación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto legislativo 8/2015, de 30 de octubre.

– Se da nueva redacción al art. 153 Cotización en supuestos de compatibilidad de jubilación y trabajo.

– Se da nueva redacción al apartado 1 del art. 163 Incompatibilidad de pensiones.

– Se da nueva redacción al art. 309 Cotización en supuestos de compatibilidad de jubilación y trabajo por cuenta propia.

– Se añade apartado 4 a la disposición adicional decimoctava

– Se da nueva redacción al apartado 1 de la disposición adicional vigésima tercera

– Se añade una disposición adicional trigésima segunda.

Entrada en vigor: el 1 de enero 2021

 

Novedades  4 Enero 2021(OFYDES)

LEGISLACION

CALENDARIO DE FIESTAS LOCALES, RETRIBUIDAS Y NO RECUPERABLES, (DOGV. NÚM 8985 DE 29 DE DICIEMBRE).
Resolución de 23 de diciembre de 2020, del conseller de economía sostenible, sectores productivos, comercio y trabajo, por la que se aprueba el calendario de fiestas locales, retribuidas y no recuperables, en el ámbito de la Comunitat Valenciana para el año 2021. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Resultado búsqueda de legislación – Generalitat Valenciana (gva.es)

MODIFICACIÓN. INTERCAMBIO AUTOMÁTICO Y OBLIGATORIO DE INFORMACIÓN EN EL ÁMBITO DE LA FISCALIDAD EN RELACIÓN CON LOS MECANISMOS TRANSFRONTERIZOS SUJETOS A COMUNICACIÓN DE INFORMACIÓN, (BOE.NÚM. 340 DE 30 DE DICIEMBRE).
Ley 10/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en transposición de la Directiva (UE) 2018/822 del Consejo, de 25 de mayo de 2018, que modifica la Directiva 2011/16/UE por lo que se refiere al intercambio automático y obligatorio de información en el ámbito de la fiscalidad en relación con los mecanismos transfronterizos sujetos a comunicación de información. Jefatura del Estado.
BOE.es – Documento BOE-A-2020-17265

MEDIDAS DE ADAPTACIÓN A LA SITUACIÓN DE ESTADO TERCERO DEL REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE, (BOE.NÚM. 340 DE 30 DE DICIEMBRE).
Real Decreto-ley 38/2020, de 29 de diciembre, por el que se adoptan medidas de adaptación a la situación de Estado tercero del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte tras la finalización del periodo transitorio previsto en el Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, de 31 de enero de 2020. Jefatura del Estado.
BOE.es – Documento BOE-A-2020-17266

MEDIDAS FINANCIERAS DE APOYO SOCIAL Y ECONÓMICO Y DE CUMPLIMIENTO DE LA EJECUCIÓN DE SENTENCIAS, (BOE.NÚM. 340 DE 30 DE DICIEMBRE).
Real Decreto-ley 39/2020, de 29 de diciembre, de medidas financieras de apoyo social y económico y de cumplimiento de la ejecución de sentencias. Jefatura del Estado.
BOE.es – Documento BOE-A-2020-17267

MODIFICAN LOS CRITERIOS PARA LA APLICACIÓN DE UNA RESTRICCIÓN TEMPORAL DE VIAJES NO IMPRESCINDIBLES DESDE TERCEROS PAÍSES A LA UNIÓN EUROPEA Y PAÍSES ASOCIADOS SCHENGEN. COVID-19, (BOE.NÚM. 340 DE 30 DE DICIEMBRE).
Orden INT/1278/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. Ministerio del Interior.
BOE.es – Documento BOE-A-2020-17273

FINALIZACIÓN DEL INGRESO DIFERIDO DE LA COTIZACIÓN. REGLAMENTO GENERAL DE RECAUDACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL, (BOE.NÚM. 340 DE 30 DE DICIEMBRE).
Resolución de 21 de diciembre de 2020, de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se determina la finalización del ingreso diferido de la cotización a que se refiere el apartado 2 de la disposición transitoria segunda de la Orden TAS/1562/2005, de 25 de mayo, por la que se establecen normas para la aplicación y desarrollo del Reglamento general de recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio. Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
BOE.es – Documento BOE-A-2020-17284

NUEVAS MEDIDAS ADICIONALES EN LA COMUNITAT VALENCIANA, COMO CONSECUENCIA DE LA SITUACIÓN DE CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR LA COVID-19, (DOGV. NÚM 8986bis DE 30 DE DICIEMBRE).
Resolución de 30 de diciembre de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se modifica el párrafo final del punto 9.3 del resuelvo primero de la Resolución de 5 de diciembre de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerda nuevas medidas adicionales en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19. Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.
Resultado búsqueda de legislación – Generalitat Valenciana (gva.es)

PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2021, (BOE.NÚM. 341 DE 31 DE DICIEMBRE).
Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021. Jefatura del Estado.
BOE.es – Documento BOE-A-2020-17339

MEDIDAS URGENTES PARA LA MODERNIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y PARA LA EJECUCIÓN DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILENCIA, (BOE.NÚM. 341 DE 31 DE DICIEMBRE).
Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia. Jefatura del Estado.
BOE.es – Documento BOE-A-2020-17340

MEDIDAS FISCALES, DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA Y DE ORGANIZACIÓN, (DOGV. NÚM 8987 DE 31 DE DICIEMBRE).
Ley 3/2020, de 30 de diciembre, de la Generalitat, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat 2021.Presidencia de la Generalitat.
Resultado búsqueda de legislación – Generalitat Valenciana (gva.es)

PRESUPUESTOS DE LA GENERALITAT PARA EL EJERCICIO 2021, (DOGV. NÚM 8987 DE 31 DE DICIEMBRE).
Ley 4/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2021. Presidencia de la Generalitat.
Resultado búsqueda de legislación – Generalitat Valenciana (gva.es)

HACIENDA

MODIFICACIÓN REGLAMENTO DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES, (BOE.NÚM. 340 DE 30 DE DICIEMBRE).
Real Decreto 1178/2020, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio. Ministerio de Hacienda.
BOE.es – Documento BOE-A-2020-17268

MODELO 322, 353,039.303,349, (BOE.NÚM. 340 DE 30 DE DICIEMBRE).
Orden HAC/1274/2020, de 28 de diciembre, por la que se modifica la Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueban los modelos 322 de autoliquidación mensual, modelo individual, y 353 de autoliquidación mensual, modelo agregado, y el modelo 039 de Comunicación de datos, correspondientes al Régimen especial del Grupo de Entidades en el Impuesto sobre el Valor Añadido, la Orden EHA/3786/2008, de 29 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 303 Impuesto sobre el Valor Añadido, Autoliquidación y la Orden EHA/769/2010, de 18 de marzo, por la que se aprueba el modelo 349 de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Ministerio de Hacienda.
BOE.es – Documento BOE-A-2020-17269

PRECIOS MEDIOS DE VENTA APLICABLES EN LA GESTIÓN DEL IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS, IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES E IMPUESTO ESPECIAL SOBRE DETERMINADOS MEDIOS DE TRANSPORTE, (BOE.NÚM. 340 DE 30 DE DICIEMBRE).
Orden HAC/1275/2020, de 28 de diciembre, por la que se aprueban los precios medios de venta aplicables en la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte. Ministerio de Hacienda.
BOE.es – Documento BOE-A-2020-17270

MODIFICACIÓN.MODELOS 115, 180,198,182,189,187,289, (BOE.NÚM. 340 DE 30 DE DICIEMBRE).
Orden HAC/1276/2020, de 28 de diciembre, por la que se modifican determinadas declaraciones informativas, la Orden de 20 de noviembre de 2000, por la que se aprueban los modelos 115, en pesetas y en euros, de declaración-documento de ingreso, los modelos 180, en pesetas y en euros, del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinadas rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos, la Orden EHA/3895/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 198, de declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios, la Orden EHA/3021/2007, de 11 de octubre, por la que se aprueba el modelo 182 de declaración informativa de donativos, donaciones y aportaciones recibidas y disposiciones realizadas, la Orden EHA/3481/2008, de 1 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 189 de declaración informativa anual acerca de valores, seguros y rentas, la Orden HAP/1608/2014, de 4 de septiembre, por la que se aprueba el modelo 187, de declaración informativa de acciones o participaciones representativas del capital o del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva, y la Orden HAP/1695/2016, de 25 de octubre, por la que se aprueba el modelo 289, de declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua. Ministerio de Hacienda.
BOE.es – Documento BOE-A-2020-17271

MODELO 602, (BOE.NÚM. 340 DE 30 DE DICIEMBRE).
Orden HAC/1277/2020, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 602 de Tasa por la gestión administrativa del juego. Autoliquidación, y se determinan la forma, plazos y los procedimientos de presentación. Ministerio de Hacienda.
BOE.es – Documento BOE-A-2020-17272

MODIFICACIÓN. MODELO 231, DETERMINADAS AUTOLIQUIDACIONES, DECLARACIONES INFORMATIVAS, DECLARACIONES CENSALES, COMUNICACIONES Y SOLICITUDES DE DEVOLUCIÓN, MODELO 190, (BOE.NÚM. 341 DE 31 DE DICIEMBRE).
Orden HAC/1285/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifican la Orden HFP/1978/2016, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 231 de Declaración de información país por país, la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria y la Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190 para la Declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta. Ministerio de Hacienda.
BOE.es – Documento BOE-A-2020-17342

AYUDAS Y SUBVENCIONES

AYUDAS DIRIGIDAS A IMPULSAR LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE LA INDUSTRIA ESPAÑOLA EN EL MARCO DEL PROYECTO «INDUSTRIA CONECTADA 4.0”, (BOE.NÚM. 339 DE 29 DE DICIEMBRE).
Extracto de la Resolución de 22 de diciembre de 2020, de la Fundación EOI, F.S.P., por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas dirigidas a impulsar la transformación digital de la industria española en el marco del Proyecto «Industria Conectada 4.0”. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
BOE.es – Documento BOE-B-2020-49855

ACCIONES DE IVACE INTERNACIONAL INCLUIDAS EN LAS POLÍTICAS DE APOYO A LA INTERNACIONALIZACIÓN EMPRESARIAL, (DOGV. NÚM 8985 DE 29 DE DICIEMBRE).
Resolución de 22 de diciembre de 2020, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por el que se aprueba el marco regulador de las acciones de IVACE Internacional incluidas en las políticas de apoyo a la internacionalización empresarial (excluidas las subvenciones en concurrencia competitiva. IVACE.
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MODIFICACIÓN. AYUDAS PARA ACTUACIONES DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN PYME Y GRAN EMPRESA DEL SECTOR INDUSTRIAL, (DOGV. NÚM 8986 DE 30 DE DICIEMBRE).
Resolución de 28 de diciembre de 2020, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), de modificación del plazo de presentación de solicitudes previsto en la Resolución de 26 de julio de 2019, del presidente del IVACE, por la que se convocan ayudas para actuaciones de eficiencia energética en pyme y gran empresa del sector industrial, con cargo al presupuesto del ejercicio 2019.IVACE.
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MODIFICACIÓN. SUBVENCIONES EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE ASESORAMIENTO A EMPRESAS EN MATERIA DE INTERNACIONALIZACIÓN, «CHEQUE TUTORÍAS INTERNACIONALIZACIÓN», (DOGV. NÚM 8986 DE 30 DE DICIEMBRE).
Extracto de la Resolución de 18 de diciembre de 2020, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se modifica parcialmente la Resolución de 7 de febrero de 2020, del presidente del IVACE, por la que se convocan subvenciones en el marco del Programa de asesoramiento a empresas en materia de internacionalización, «Cheque Tutorías Internacionalización», con cargo al presupuesto del ejercicio 2020, con cofinanciación de la Unión Europea a través de FEDER.IVACE.
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SUBVENCIONES PÚBLICAS DESTINADAS A LA CREACIÓN O EL MANTENIMIENTO DE LAS UNIDADES DE APOYO A LA ACTIVIDAD PROFESIONAL, COMO MEDIDA DE FOMENTO DEL EMPLEO PARA LA INSERCIÓN DE PERSONAS CON DIVERSIDAD FUNCIONAL O DISCAPACIDAD, (DOGV. NÚM 8986 DE 30 DE DICIEMBRE).
Resolución de 21 de diciembre de 2020, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan las subvenciones públicas destinadas a la creación o el mantenimiento de las unidades de apoyo a la actividad profesional, como medida de fomento del empleo para la inserción de personas con diversidad funcional o discapacidad en centros especiales de empleo, para el ejercicio 2021. LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación.
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Extracto de la Resolución de 21 de diciembre de 2020, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan las subvenciones públicas destinadas a la creación o el mantenimiento de las unidades de apoyo a la actividad profesional, como medida de fomento del empleo para la inserción de personas con diversidad funcional o discapacidad en centros especiales de empleo, para el ejercicio 2021.
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CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA PROMOCIÓN, FOMENTO Y DIFUSIÓN DE LA ECONOMÍA SOCIAL, (DOGV. NÚM 8987 DE 31 DE DICIEMBRE).
Extracto de la Resolución del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se efectúa la convocatoria, para el ejercicio 2021, de las subvenciones reguladas en los artículos 16 y 17 de la Orden 2/2020, de 27 de febrero, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la promoción, fomento y difusión de la economía social en la Comunitat Valenciana. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
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AYUDAS, A LAS COOPERATIVAS, SOCIEDADES LABORALES Y EMPRESAS DE INSERCIÓN, (DOGV. NÚM 8987 DE 31 DE DICIEMBRE).
Extracto de la Resolución de 7 de diciembre de 2020, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se efectúa la convocatoria anticipada, para el ejercicio 2021, de las ayudas, a las cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserción, reguladas en los artículos 15, 16, 17 y 18 de la Orden 11/2019, de 2 de diciembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo
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AYUDAS PARA PROYECTOS DE INVERSIÓN PARA LA MEJORA, MODERNIZACIÓN Y DOTACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS EN POLÍGONOS, ÁREAS INDUSTRIALES Y ENCLAVES TECNOLÓGICOS, (DOGV. NÚM 8988 DE 4 DE ENERO).
Resolución de 22 de diciembre de 2020, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan ayudas para proyectos de inversión para la mejora, modernización y dotación de infraestructuras y servicios en polígonos, áreas industriales y enclaves tecnológicos con cargo al presupuesto del ejercicio 2021.IVACE.
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Extracto de la Resolución de 22 de diciembre de 2020, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan ayudas para proyectos de inversión para la mejora, modernización y dotación de infraestructuras y servicios en polígonos, áreas industriales y enclaves tecnológicos con cargo al presupuesto del ejercicio 2021.
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Novedades 28 Diciembre 2020 (OFYDES)

LEGISLACION

MEDIDAS URGENTES DE APOYO AL SECTOR TURÍSTICO, LA HOSTELERÍA Y EL COMERCIO Y EN MATERIA TRIBUTARIA, (BOE.NÚM. 334 DE 23 DE DICIEMBRE).
Real Decreto-ley 35/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes de apoyo al sector turístico, la hostelería y el comercio y en materia tributaria. Jefatura del Estado.
BOE.es – Documento BOE-A-2020-16823ACUERDO SOBRE SOLUCIÓN AUTÓNOMA DE CONFLICTOS LABORALES (SISTEMA EXTRAJUDICIAL, (BOE.NÚM. 334 DE 23 DE DICIEMBRE).
Resolución de 10 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VI Acuerdo sobre Solución Autónoma de Conflictos Laborales (Sistema Extrajudicial). Ministerio de Trabajo y Economía Social.
BOE.es – Documento BOE-A-2020-16881

MEDIDAS URGENTES PARA HACER FRENTE A LAS SITUACIONES DE VULNERABILIDAD SOCIAL Y ECONÓMICA EN EL ÁMBITO DE LA VIVIENDA Y EN MATERIA DE TRANSPORTES, (BOE.NÚM. 334 DE 23 DE DICIEMBRE).
Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes. Jefatura del Estado.
BOE.es – Documento BOE-A-2020-16824

MODIFICACIÓN. PROTECCIÓN DE LOS TRABAJADORES CONTRA LOS RIESGOS RELACIONADOS CON LA EXPOSICIÓN A AGENTES CANCERÍGENOS DURANTE EL TRABAJO, (BOE.NÚM. 334 DE 23 DE DICIEMBRE).
Real Decreto 1154/2020, de 22 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo. Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.
BOE.es – Documento BOE-A-2020-16833

COVID-19. FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO EN EL ÁMBITO LABORAL,FORMACIÓN PROGRAMADA POR LAS EMPRESAS, (BOE.NÚM. 336 DE 25 DE DICIEMBRE).
Resolución de 18 de diciembre de 2020, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se establecen, en su ámbito de gestión, medidas extraordinarias para hacer frente al impacto del COVID-19 en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, para la iniciativa de formación programada por las empresas. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
BOE.es – Documento BOE-A-2020-17005

CORRECCIÓN DE ERRORES.DOMINGOS Y DÍAS FESTIVOS HÁBILES PARA LA PRÁCTICA COMERCIAL EN 2021, (DOGV. NÚM 8984 DE 28 DE DICIEMBRE).
Corrección de errores de la Resolución de 10 de diciembre de 2020, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se determinan los domingos y días festivos hábiles para la práctica comercial en 2021.
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AYUDAS, SUBVENCIONES

DESARROLLO DE PLANES EMPRESARIALES PARA EL CRECIMIENTO DE NUEVAS EMPRESAS INNOVADORAS, (DOGV. NÚM 8982 DE 23 DE DICIEMBRE).
Resolución de 18 de diciembre de 2020, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan ayudas dirigidas a facilitar el desarrollo de planes empresariales para el crecimiento de nuevas empresas innovadoras de la Comunitat Valenciana, con cargo al presupuesto del ejercicio 2020, con cofinanciación de la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional.IVACE.
Resultado búsqueda de legislación – Generalitat Valenciana (gva.es)Extracto de la Resolución de 18 de diciembre de 2020, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan ayudas dirigidas a facilitar el desarrollo de planes empresariales para el crecimiento de nuevas empresas innovadoras de la Comunitat Valenciana, con cargo al presupuesto del ejercicio 2020, con cofinanciación de la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
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PROYECTOS DE «CREACIÓN DE EMPRESAS DE BASE TECNOLÓGICA» (CREATEC-CV), (DOGV. NÚM 8982 DE 23 DE DICIEMBRE).
Resolución de 18 de diciembre de 2020, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan subvenciones para proyectos de «Creación de Empresas de Base Tecnológica» (CREATEC-CV) con cargo al presupuesto del ejercicio 2020, con cofinanciación de la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional. IVACE.
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Extracto de la Resolución de 18 de diciembre de 2020, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan subvenciones para proyectos de «Creación de Empresas de Base Tecnológica» (CREATEC-CV) con cargo al presupuesto del ejercicio 2020, con cofinanciación de la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
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BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA MEJORA DE LAS CONDICIONES DEL INTERIOR DE LAS VIVIENDAS, (DOGV. NÚM 8983 DE 24 DE DICIEMBRE).
Resolución de 9 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Calidad, Rehabilitación y Eficiencia Energética, de la convocatoria para la concesión de las ayudas reguladas mediante la Orden 3/2020, de 24 de abril, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la mejora de las condiciones del interior de las viviendas, y convocadas mediante la Resolución de 6 de mayo de 2020, de la Dirección General de Calidad, Rehabilitación y Eficiencia Energética, en el marco del Plan de reforma interior de vivienda, plan RENHATA 2020. Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática.
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