NOVEDADES AEAT – Servicio de ayuda a la cumplimentación del modelo 303 «básico» para autónomos y Nuevas medidas para responder al impacto social y económico del COVID-19

NOVEDADES AEAT – Servicio de ayuda a la cumplimentación del modelo 303 «básico» para autónomos

 

Este nuevo servicio de ayuda tiene por objeto facilitar la presentación del modelo 303 para aquellos autónomos que, debido al estado de alarma por el COVID-19, no pueden acceder a servicios de asesoramiento fiscal ni acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria.

Puede ser utilizado exclusivamente por contribuyentes que apliquen el régimen general y durante el trimestre:

  • NO apliquen prorrata ni sectores diferenciados
  • NO realicen operaciones de comercio exterior
  • NO tengan clientes que estén en recargo de equivalencia
  • NO tengan operaciones en las que se aplique la inversión de sujeto pasivo

Acceso directo al servicio de ayuda a la cumplimentación del modelo 303 «básico» para autónomos

 

NOVEDADES AEAT – Nuevas medidas para responder al impacto social y económico del COVID-19 ( Real Decreto-Ley 11/2020 de 31 de marzo).

 

El Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID 19, recoge nuevas medidas urgentes y complementarias a las adoptadas anteriormente.

En el ámbito tributario y aduanero, en concreto, establece:

  • art. 52 Aplazamiento de deudas aduaneras
  • art. 53  Aplicación del artículo 33 del Real Decreto-ley 8/2020 a Comunidades Autónomas y Entidades Locales
  • Disposición adicional octava   Ampliación de los plazos para interponer recurso de reposición y reclamaciones económico-administrativas, se computarán desde el día hábil siguiente a la fecha de finalización del estado de alarma.
  • Disposición adicional novena  No cómputo del plazo para ejecutar resoluciones de los tribunales económico-administrativos desde el 14 de marzo hasta el 30 de abril, y suspensión de los plazos caducidad y prescripción desde el 14 de marzo al 30 de abril.
  • Disposición adicional undécima  Expedición de certificados electrónicos cualificados

Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo,por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19

 

Un cordial saludo,

Coordinación Delegación Especial AEAT Valencia

CORONAVIRUS: Ampliación Plazo Resolución ERTEs

COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA

Hoy se ha publicado en el DOGV  la RESOLUCIÓN de 30 de marzo de 2020, del director general de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral por la que se acuerda la ampliación del plazo para resolver y notificar los expedientes temporales de regulación de empleo relacionados con las medidas adoptadas por la Covid-19 en la Comunitat Valenciana.

A la vista de la incidencia  que la situación extraordinaria de las medidas adoptadas para evitar la expansión del Covid-19  está teniendo en el ámbito laboral de la Comunitat Valenciana, con un número de solicitudes de Expedientes Temporales de Regulación de Empleo que superan con creces los 30.000, y que han desbordado totalmente la capacidad de la Autoridad Laboral de la Comunitat Valenciana, a día de hoy no es posible garantizar el cumplimiento del plazo de 5 días, desde la presentación de las solicitudes, para emitir y notificar las oportunas resoluciones, tal y como dispone el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social de la Covid-19.

Objeto de esta Resolución: Ampliar a 10 días el plazo máximo para resolver y notificar los expedientes de regulación temporal de empleo relacionados con la declaración del Estado de Alarma por la Covid-19 que han tenido entrada en la Autoridad Laboral de la Comunitat Valenciana, siempre y cuando el plazo inicial para resolver no se encontrara ya vencido en la fecha de publicación de este acuerdo.

Entrada en vigor: 1 de abril de 2020

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NOVEDADES AEAT – Procedimiento excepcional para la obtención de NIF por entidades de forma no presencial durante el estado de alarma

PROCEDIMIENTO EXCEPCIONAL PARA LA OBTENCIÓN DE NIF. POR ENTIDADES DE FORMA NO PRESENCIAL DURANTE ESTADO DE ALARMA

En el Portal AEAT se han publicado la siguiente noticia en el apartado «Novedades».

Procedimiento excepcional para la obtención de NIF por entidades de forma no presencial durante la vigencia del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

CORONAVIRUS: Actualización (26/03/2020) Procedimiento de actuación de las empresas frente al Covid-19

COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA

Adjunto se remite la última versión disponible del Documento Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al coronavirus (SARS-COV-2)”, que fue de nuevo actualizada por Sanidad el 26 de marzo.

A los efectos oportunos le recuerdo que, según el Criterio Operativo nº 102/2020 de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social sobre medidas y actuaciones de la ITSS relativas a situaciones derivadas del nuevo coronavirus (Sars-Cov-2), el referido documento tiene carácter obligatorio.

PrevencionRRLL_COVID-19 (Actualizado 26032020)

DECRETO 1-2020 MEDIDAS URGENTES ECONÓMICO-FINANCIERAS Y TRIBUTARIAS DE LA GENERALITAT. COVID19

COMUNICADO AGENCIA TRIBUTARIA VALENCIANA

Adjunto el DECRETO LEY 1/2020, de 27 de marzo, del Consell, de medidas urgentes de apoyo económico y financiero a las personas trabajadoras autónomas, de carácter tributario y de simplificación administrativa, para hacer frente al impacto de la Covid-19 que se ha publicado hoy día 30 de marzo en el DOCV.

DL 1-2020, de medidas urgentes COVID19

 

CORONAVIRUS: RDL 10/2020 se regula permiso retribuido recuperable para trabajadores que no presten servicios esenciales

COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA

Se adjunta el Real Decreto 476/2020, de 27 de marzo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

La prórroga establecida en este real decreto se extenderá hasta las 00:00 horas del día 12 de abril de 2020, y se someterá a las mismas condiciones establecidas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, modificado por el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo.

.Se publicó ayer , 29 de marzo, en el BOE el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19.

Se publicó el 28 de marzo en el BOE el Real Decreto-ley 9/2020, de 27 de marzo, por el que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19. Se adjunta documento en el que se extractan las medidas más destacadas de interés empresarial en el ámbito laboral.

Asimismo se da una nueva redacción al artículo 16. Contratación del Real Decreto Ley 7/2020, de 2 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19.

BOE-A-2020-4152

BOE-A-2020-4155

BOE-A-2020-4166

RDL 9_2020 medidas ámbito laboral

AEAT – AVISO IMPORTANTE – Nuevo intento de ataque de phishing contra la Agencia Tributaria

AEAT – AVISO IMPORTANTE – Nuevo intento de ataque phishing contra la Agencia Tributaria

Se ha detectado una campaña de un supuesto correo enviado por la Agencia Tributaria en relación con una denuncia de facturas no declaradas.

En todos los casos detectados se han tomado las medidas necesarias para bloquear las páginas a las que dirige el enlace del correo y así evitar que los ciudadanos puedan ser engañados.

No es la primera vez que se utiliza este tipo de correos con el fin de robar datos personales y bancarios. Por este motivo, la concienciación y la información son esenciales. Por ello les recomendamos:

  • No abrir correos de usuarios desconocidos o que no hayan solicitado, elimínelos directamente.
  • No contestar en ningún caso a estos correos.
  • Precaución al seguir enlaces en correos aunque sean de contactos conocidos.
  • Precaución al descargar ficheros adjuntos de correos aunque sean de contactos conocidos.

La Agencia Tributaria insiste en que nunca solicita por correo electrónico información confidencial, económica o personal, números de cuenta ni números de tarjeta de los contribuyentes.

Por último, es preciso indicar que los correos enviados por la Agencia Tributaria pueden ser verificados por los servidores de correo destinatarios, de forma que la mayor parte de los ciudadanos no habrán recibido correos que suplanten la identidad de la Agencia Tributaria.

 

Un cordial saludo,

Coordinación Delegación Especial AEAT Valencia