SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL 2020 (OFYDES)
CIRCULAR RRLL. CEV. SOBRE SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL 2020
Real Decreto 231/2020, de 4 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional con efectos de 1 de enero de 2020, tanto para los trabajadores fijos como para los eventuales o temporeros, así como para los empleados de hogar., (BOE. Nº 31 de 5 de febrero)
CUANTÍAS.
El salario mínimo interprofesional para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 31,66 euros/día o 950 euros/mes o 13.300 euro/año.
En el salario mínimo se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero de aquél.
El salario mínimo está referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, de forma que si se realizase una jornada inferior se percibirá la parte proporcional.
INCREMENTO RESPECTO A 2019.
Las nuevas cuantías representan un incremento del 5,6 % respecto a las previstas en el Real Decreto 1462/2018, de 21 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2.019, y cuyos efectos fueron prorrogados hasta la aprobación del salario mínimo interprofesional para el 2020.
COMPENSACIÓN Y ABSORCIÓN.
El incremento del salario mínimo, conforme a lo previsto en este Real Decreto, no afectará a la estructura ni a la cuantía de los salarios profesionales que vinieran percibiendo los trabajadores, cuando tales salarios en su conjunto y cómputo anual fueran superiores a dicho salario mínimo.
TRABAJADORES EVENTUALES Y TEMPOREROS.
Los trabajadores eventuales y temporeros, cuyos servicios a una misma empresa no excedan de 120 días, percibirán junto al salario mínimo la parte proporcional de la retribución de los domingos y festivos y de las dos gratificaciones extraordinarias, sin que la cuantía del salario pueda resultar inferior a 44,99 euros por jornada legal en la actividad.
EMPLEADOS DE HOGAR.
El salario mínimo interprofesional de los empleados de hogar que trabajen por horas, en régimen externo, será de 7,43 euros por hora efectivamente trabajada.
REGLAS DE AFECTACIÓN DE LAS NUEVAS CUANTÍAS DEL SMI A LAS REFERENCIAS CONTENIDAS EN NORMAS NO ESTATALES Y RELACIONES PRIVADAS.
Las nuevas cuantías del SMI no serán de aplicación a:
- Las normas vigentes a la fecha de entrada en vigor de este Real Decreto de las Comunidades Autónomas, las ciudades de Ceuta y Melilla y las entidades de la Administración local que utilicen el SMI como indicador o referencia del nivel de renta para determinar la cuantía de determinadas prestaciones o para acceder a determinadas prestaciones, beneficios o servicios públicos, salvo disposición expresa en contrario.
- Los contratos o pactos de naturaleza privada vigentes a la fecha de entrada en vigor de este Real Decreto que utilicen el SMI como referencia a cualquier efecto, salvo que las partes acuerden la aplicación de las nuevas cuantías del salario mínimo interprofesional.
En defecto de disposición o acuerdo en contrario, en estos supuestos la cuantía del SMI se entenderá referida durante 2020 a:
- Las vigentes en 2016, incrementadas en el mismo porcentaje en que se incremente el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) para 2020, respecto de las normas no estatales y contratos de naturaleza privada que estuvieran también vigentes a 1 de enero del 2017.
- Las vigentes en 2017, incrementadas en el mismo porcentaje en que se incremente el IPREM para 2020, respecto de las normas no estatales y contratos de naturaleza privada que entraron en vigor o se celebraron después del 1 de enero de 2017 y que estaban vigentes el 1 de enero del 2018.
- Las vigentes en 2018, incrementadas en el mismo porcentaje en que se incremente el IPREM para 2020, respecto de las normas no estatales y contratos de naturaleza privada que entraron en vigor o se celebraron después del 1 de enero de 2017 y que estaban vigentes el 1 de enero del 2018.
- Las vigentes en 2019, respecto de las normas no estatales y contratos de naturaleza privada que entraron en vigor o se celebraron después del 1 de enero de 2019 y vigentes a la fecha de entrada en vigor del presente Real Decreto.
Todo ello sin perjuicio de que deban ser modificados los salarios establecidos en contratos o pactos de naturaleza privada inferiores en su conjunto y en cómputo anual a las cuantías del SMI que se establecen para 2020, siendo de aplicación las reglas sobre compensación y absorción.
OFYDES COMUNIDAD VALENCIANA
Novedades 7 Enero 2020 (OFYDES)
HACIENDA
MODELO 318, «IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. REGULARIZACIÓN DE LAS PROPORCIONES DE TRIBUTACIÓN DE LOS PERIODOS DE LIQUIDACIÓN ANTERIORES AL INICIO DE LA REALIZACIÓN HABITUAL DE ENTREGAS DE BIENES O PRESTACIONES DE SERVICIOS», (BOE.NÚM. 314 DE 31 DE DICIEMBRE). Orden HAC/1270/2019, de 5 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 318, «Impuesto sobre el Valor Añadido. Regularización de las proporciones de tributación de los periodos de liquidación anteriores al inicio de la realización habitual de entregas de bienes o prestaciones de servicios» y se determinan el lugar, forma, plazo y el procedimiento para su presentación. Ministerio de Hacienda. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2019-18746 NORMAS DE DESARROLLO IMPUESTOS ESPECIALES, (BOE.NÚM. 314 DE 31 DE DICIEMBRE). IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS, IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES E IMPUESTO ESPECIAL SOBRE DETERMINADOS MEDIOS DE TRANSPORTE, (BOE.NÚM. 314 DE 31 DE DICIEMBRE). MODELO 390 DE DECLARACIÓN-RESUMEN ANUAL DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO, (BOE.NÚM. 314 DE 31 DE DICIEMBRE). MODELOS DE AUTOLIQUIDACIÓN 210, 211 Y 213 DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES, (BOE.NÚM. 314 DE 31 DE DICIEMBRE). MODELOS 123, 193,124,194,198,196,193,280,184 Y 289 (BOE.NÚM. 314 DE 31 DE DICIEMBRE). |
AYUDAS Y SUBVENCIONES
AYUDAS DE APOYO A LA PROMOCIÓN EXTERIOR CV., (DOGV.NÚM. 8710 DE 3 DE ENERO). Resolución de 23 de diciembre de 2019, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se efectúa la convocatoria anticipada de las ayudas de Apoyo a la promoción exterior de la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2020. Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo. http://www.dogv.gva.es/es/resultat-dogv?signatura=2019/12518&L=1 Extracto de la Resolución de 23 de diciembre de 2019, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se efectúa la convocatoria anticipada de las ayudas de apoyo a la promoción exterior de la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2020. AYUDAS PARA MEJORAR LA COMPETITIVIDAD Y SOSTENIBILIDAD DE LAS PYMES INDUSTRIALES, (DOGV.NÚM. 8710 DE 3 DE ENERO). Extracto de la Resolución de 27 de diciembre de 2019, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se efectúa la convocatoria anticipada, para el ejercicio 2020, de ayudas para mejorar la competitividad y sostenibilidad de las pymes industriales de diversos sectores industriales de la Comunitat Valenciana. |
Reglamento Servicio Jurídico del Colegio
CIRCULAR LABORAL SUELDO MINIMO INTERPROFESIONAL
Más información aquí.
JORNADA TECNICA – INFORMACION FISCAL
Ayer, 26 de noviembre en el Salón de Actos del Colegio, el Asesor Fiscal del Colegio Sr. Terrer nos habló de los siguientes temas:
- Novedades Fiscales
- IRPF 2018
- Repaso fiscalidad para los Agentes Comerciales
Mas información aquí.
ALTERNATIVAS PLAZOS FIJOS
Más información aquí.
DEVOLUCION IMPUESTO HIPOTECAS
Más información aquí.