LEGISLACION
|
FORMACION
|
LEGISLACION
|
FORMACION
|
COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA
Se prorroga la medida de restricción de entrada y salida de personas del territorio de la Comunitat Valenciana, hasta las 23.59 horas del día 9 de diciembre de 2020.
EFECTOS: desde las 12:00 horas del día 20 de noviembre de 2020.
Se prorroga la declaración de confinamiento de los municipios de Elda y Petrer, durante un período de catorce días naturales, contados a partir de las 00:00 horas del día 21 de noviembre de 2020.
LEGISLACION
SERVICIOS ELECTRÓNICOS DE CONFIANZA, (BOE.NÚM. 298 DE 12 DE NOVIEMBRE).
Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. Jefatura del Estado.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-14046
CONTROLES SANITARIOS A REALIZAR EN LOS PUNTOS DE ENTRADA DE ESPAÑA, (BOE.NÚM. 298 DE 12 DE NOVIEMBRE).
Resolución de 11 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Salud Pública, relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España. Ministerio de Sanidad.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-14049
PRORROGA LA MEDIDA DE RESTRICCIÓN DE ENTRADA Y SALIDA DE PERSONAS DEL TERRITORIO DE LA COMUNITAT VALENCIANA, (DOGV. NÚM. 8951 DE 13 DE NOVIEMBRE).
Decreto 17/2020, de 12 de noviembre, del president de la Generalitat, por el que se prorroga la medida de restricción de entrada y salida de personas del territorio de la Comunitat Valenciana, adoptada en el Decreto 15/2020, de 30 de octubre, de medidas temporales y excepcionales en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 y al amparo de la declaración del estado de alarma, y prorrogada por el Decreto 16/2020, de 5 de noviembre, del president de la Generalitat. Presidencia de la Generalitat.
http://www.dogv.gva.es/es/resultat-dogv?signatura=2020/9606&L=1
TRANSFORMACIÓN DIGITAL DEL SISTEMA FINANCIERO, (BOE.NÚM. 300 DE 14 DE NOVIEMBRE).
Ley 7/2020, de 13 de noviembre, para la transformación digital del sistema financiero. Jefatura del Estado.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-14205
AYUDAS, SUBVENCIONES
PLANES DE FORMACIÓN. CAPACITACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LAS FUNCIONES RELACIONADAS CON EL DIÁLOGO SOCIAL Y LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA, (DOGV. NÚM. 8953 DE 16 DE NOVIEMBRE).
Resolución de 13 de noviembre de 2020, de la Dirección General de LABORA-Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación en el ámbito de la Comunitat Valenciana, dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva para el ejercicio 2020. LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación.
http://www.dogv.gva.es/es/resultat-dogv?signatura=2020/9642&L=1
COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA
El día 13 de noviembre de 2020 se ha publicado en el DOCV, DECRETO 17/2020, de 12 de noviembre, del president de la Generalitat, por el que se prorroga la medida de restricción de entrada y salida de personas del territorio de la Comunitat Valenciana, adoptada en el Decreto 15/2020, de 30 de octubre, de medidas temporales y excepcionales en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 y al amparo de la declaración del estado de alarma, y prorrogada por el Decreto 16/2020, de 5 de noviembre, del president de la Generalitat.
Se prorroga la medida de restricción de entrada y salida de personas del territorio de la Comunitat Valenciana, adoptada en los decretos 15/2020, de 30 de octubre, y 16/2020, de 5 de noviembre, del President de la Generalitat, durante siete días naturales más, en los términos especificados en los mismos.
EFECTOS: desde las 12.00 horas del día 13 de noviembre de 2020
COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA
El día 6 de noviembre de 2020 se ha publicado en el DOCV, DECRETO 16/2020, de 5 de noviembre, del president de la Generalitat, por el que se prorroga la medida de restricción de entrada y salida de personas del territorio de la Comunitat Valenciana, adoptada en el Decreto 15/2020, de 30 de octubre, de medidas temporales y excepcionales en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 y al amparo de la declaración del estado de alarma, y se adoptan otras medidas.
Primero:
EFECTOS: desde las 12.00 horas del día 6 de noviembre de 2020
Segundo:
EFECTOS: desde las 00.00 horas del día 7 de noviembre de 2020.
COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA
El día 6 de noviembre de 2020 se ha publicado en el DOGV, RESOLUCIÓN de 6 de noviembre de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerda medidas adicionales extraordinarias en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19.
Se destacan las siguientes medidas a adoptar en el ámbito empresarial:
Medidas relativas a establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales que no formen parte de centros y parques comerciales.
Medidas relativas a centros y parques comerciales.
Medidas relativas a los establecimientos de hostelería y restauración.
Medidas relativas a los hoteles y alojamientos turísticos.
Medidas relativas a los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares, y recintos y establecimientos destinados a actos culturales y espectáculos al aire libre.
Medidas relativas a actividades de guía turístico.
Las actividades se concertarán, preferentemente, mediante cita previa y los grupos serán de un máximo de 6 personas.
Medidas relativas a centros recreativos turísticos, zoológicos y acuarios.
Los centros recreativos turísticos, zoológicos y acuarios pueden abrir al público hasta el límite de aforo del 50 % en instalaciones cerradas y al aire libre.
Medidas relativas a congresos, encuentros, reuniones de negocios, conferencias y eventos.
Medidas relativas a locales y establecimientos en los que se desarrollen actividades de juegos y apuestas.
Podrán desarrollarse las actividades en casinos, establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar, salones de juego, salones recreativos, rifas y tómbolas, locales específicos de apuestas y otros locales e instalaciones asimilables a los de actividad recreativa de juegos y apuestas conforme establezca la normativa sectorial en materia de juego, siempre que no se supere 1/3 del aforo autorizado en cada una de las salas. La ocupación máxima de cada mesa será de 6 personas.
Medidas relativas a academias, autoescuelas y centros de enseñanza no reglada.
Medidas relativas a la actividad física o deporte no profesional, ni federadas.
Medidas relativas a la ocupación de vehículos de transporte terrestre.
Eficacia La presente resolución producirá efectos desde las 00.00 horas del día 7 de noviembre de 2020, hasta las 23.59 horas del día 9 de diciembre de 2020.
COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA
En el BOE de hoy se ha publicado el Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2
La prórroga establecida en este real decreto se extenderá desde las 00:00 horas del día 9 de noviembre de 2020 hasta las 00:00 horas del día 9 de mayo de 2021.
Entrada en vigor. El presente real decreto entrará en vigor el día 9 de noviembre de 2020.
LEGISLACION
|
AYUDAS, SUBVENCIONES
DEJA SIN EFECTO. AYUDAS PARA PROYECTOS DE INVERSIÓN PARA LA MEJORA, MODERNIZACIÓN Y DOTACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS EN POLÍGONOS, ÁREAS INDUSTRIALES Y ENCLAVES TECNOLÓGICOS, (DOGV. NÚM. 8938 DE 28 DE OCTUBRE).
Resolución de 21 de octubre de 2020, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se deja sin efecto la convocatoria de las ayudas para proyectos de inversión para la mejora, modernización y dotación de infraestructuras y servicios en polígonos, áreas industriales y enclaves tecnológicos con cargo al presupuesto de 2020. IVACE.
http://www.dogv.gva.es/es/resultat-dogv?signatura=2020/8832&L=1
Extracto de la Resolución de 21 de octubre de 2020, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se deja sin efecto la convocatoria de las ayudas para proyectos de inversión para la mejora, modernización y dotación de infraestructuras y servicios en polígonos, áreas industriales y enclaves tecnológicos con cargo al presupuesto de 2020.
http://www.dogv.gva.es/es/resultat-dogv?signatura=2020/8856&L=1
FORMACION
Webinar: «PLANIFICACIÓN FISCAL EN LA EMPRESA FAMILIAR». 10 de noviembre
Organiza CEV – IVEFA
Información e inscripciones:
https://www.cev.es/eventos/webinar-cev-ivefa-planificacion-fiscal-del-patrimonio-familiar-como-subsanar-los-riesgos-fiscales-ante-una-sucesion-de-la-empresa-familiar/
COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA
Por su interés, adjunto se remite el Criterio de Actuación de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral en relación con los ERTES de Fuerza Mayor por Impedimento o por Limitación de Actividad previstos en el Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de Medidas Sociales en Defensa del Empleo.
En el mismo se deja claro que podrán acogerse a estas medidas todas las empresas que vean impedida/limitada su actividad como consecuencia de decisiones o medidas adoptadas por autoridades españolas o extranjeras (impedimento) o españolas (limitación).
La autoridad laboral resolverá limitándose a constatar la existencia o no de la causa de FM, en los términos señalados en el párrafo anterior, incluso si el sentido del Informe preceptivo de la ITSS contenga un criterio contrario a su aprobación.
Aquellas empresas que hayan recibido resoluciones desfavorables de solicitudes de FM por impedimento o limitación con anterioridad a la fecha de hoy, basadas en criterios restrictivos del informe de la ITSS, deberán impugnarlas mediante el recurso administrativo pertinente.
COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA
En el día de hoy se ha publicado en el DOGV la Resolución de 29 de octubre de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la se acuerda medidas adicionales en los municipios de Morella, Nules, Onda y Vinaròs en la provincia de Castellón; Algemesí y Guadassuar en la provincia de Valencia; y Crevillent, Elche, Elda, Ibi, Muro de Alcoi, Petrer, Pinoso, los 18 municipios que conforman el departamento de salud de Orihuela: Albatera, Algorfa, Almoradí, Benejuzar, Benferri, Bigastro, Callosa de Segura, Catral, Cox, Daya Nueva, Daya Vieja, Dolores, Granja de Rocamora, Jacarilla, Orihuela y sus pedanías (La Aparecida, Rincón de Bonanza, Desamparados, Arneva, Hurchillo, La Murada, La Matanza, La Campaneta, San Bartolomé, Virgen del Camino, Molins, Correntias, El Escorratel), y Rafal, Redovan y San Isidro, en la provincia de Alicante, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 que viven esos municipios.
Se destacan las siguientes medidas a adoptar en el ámbito empresarial:
Medidas relativas a establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales que no formen parte de centros y parques comerciales.
Medidas relativas a centros y parques comerciales.
Medidas relativas a los establecimientos de hostelería y restauración.
Medidas relativas a los hoteles y alojamientos turísticos.
Medidas relativas a los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares, y recintos y establecimientos destinados a actos culturales y espectáculos al aire libre.
Medidas relativas a actividades de guía turístico.
Las actividades se concertarán, preferentemente, mediante cita previa y los grupos serán de un máximo de 6 personas.
Medidas relativas a centros recreativos turísticos, zoológicos y acuarios.
Los centros recreativos turísticos, zoológicos y acuarios pueden abrir al público hasta el límite de aforo del 50 % en instalaciones cerradas y al aire libre.
Medidas relativas a congresos, encuentros, reuniones de negocios, conferencias y eventos.
Medidas relativas a locales y establecimientos en los que se desarrollen actividades de juegos y apuestas.
Podrán desarrollarse las actividades en casinos, establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar, salones de juego, salones recreativos, rifas y tómbolas, locales específicos de apuestas y otros locales e instalaciones asimilables a los de actividad recreativa de juegos y apuestas conforme establezca la normativa sectorial en materia de juego, siempre que no se supere 1/3 del aforo autorizado en cada una de las salas. La ocupación máxima de cada mesa será de 6 personas.
Eficacia La presente resolución producirá efectos durante un periodo de 14 días naturales a contar desde las 00.00 horas del día 31 de octubre de 2020.