COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA
Adjunto remito las instrucciones dictadas por el Director General del SEPE para la aplicación del Real Decreto-Ley 18/2021, en materia de prestaciones por desempleo.
La información publicada en la web del SEPE incluye una nueva guía básica de tramitación, para utilizar a partir de 01/11/2021.
Es interesante resaltar que las solicitudes colectivas deben remitirse a partir de 01/11/2021 y siempre después de haber sido notificada a la empresa la autorización de prórroga del ERTE COVID-19 (o la certificación del silencio positivo) por la Autoridad Laboral.
El reconocimiento de la prestación por desempleo por los afectados a ERTES COVID-19 prorrogados o tramitados a partir de 01/11/2021 requerirá la verificación en el SEPE de que la Autoridad Laboral ha autorizado la prorroga o el nuevo ERTE tramitado.